Baja definitiva por traslado del vehículo a otro país

Si vas a trasladar tu vehículo a otro país, dentro o fuera de la Unión Europea, lo primero que debes hacer es solicitar la baja definitiva en España para que pueda ser matriculado en tu nuevo país de residencia.

Mientras no se tramita la nueva matriculación en tu nuevo país, tienes dos opciones para llevar el vehículo hasta su nuevo destino:

  • Matricularlo temporalmente con unas placas verdes que te permitirá seguir circulando con él.
  • Realizar el desplazamiento del vehículo en una grúa u otro medio de desplazamiento alternativo.

¡Importante! Si existe algún precinto o limitación sobre el vehículo, no será posible tramitar la baja, ya sea temporal o definitiva. Si se trata de un precinto, deberás cancelarlo previamente al realizar la solicitud de la baja. Por el contrario, si lo que existe es una limitación de disposición inscrita en el Registro de Bienes Muebles, será preciso cancelarla o aportar el consentimiento expreso de la financiera para poder realizar la baja.

En los casos en los que el país de destino no pertenece a la Unión Europea y el vehículo tiene más de cuatro años de antigüedad desde la primera matriculación, deberás tener en vigor la inspección técnica (ITV). Una vez realizada la baja, el vehículo ha de salir del país en un plazo de 90 días. De lo contrario será rehabilitado de oficio por Tráfico.

No te olvides de conserva la documentación española ya que te la solicitarán a la hora de matricular el vehículo en el otro país.

Por otro lado, para realizar cualquier gestión relacionada con altas, bajas y rehabilitaciones, utiliza nuestro asistente online o consulta la página general, y te ayudaremos a acceder correctamente al trámite que necesites.

El titular del vehículo, una tercera persona que acredite su propiedad o cualquier persona autorizada en su nombre.

  • Para autorizar a otra persona a que actúe en tu representación, puedes designarla a través de nuestro Registro de apoderamientos.
  • Si el trámite lo va a realizar otra persona en tu nombre presencialmente, en el momento de solicitar la cita previa en el 060, se debe indicar tu DNI como interesado y también el de la persona autorizada.
  • También, en caso de realizar el trámite de manera presencial, tu representante puede personarse siempre que disponga de un documento firmado por ti como interesado donde lo autorices a realizar la solicitud. Para ello, descarga y rellena nuestro modelo de autorización “Otorgamiento de representación”.
  • En el caso de que el solicitante no sea el titular que consta en el registro de Tráfico, se deberá adjuntar contrato o factura que acredite suficientemente la propiedad del vehículo. Y si el vehículo tiene cotitulares, el contrato de compraventa ha de estar firmado por ambos cotitulares, junto a la firma del comprador.
  • Recuerda que las empresas o personas jurídicas solo pueden realizar sus trámites online.
  • Asegúrate que el vehículo no tiene un precinto de una autoridad administrativa o judicial, en caso de que lo tuviera debes cancelarlo previamente.
  • Si la adquisición ha sido financiada, confirma que la carga financiera se ha cancelado previamente en el Registro de Bienes Muebles. Para ello, contacta con la entidad financiera y solicita la “carta de cancelación de reserva de dominio” para tramitar la cancelación. Si necesitas más información, consulta el trámite “Transferencia cuando el vehículo cuenta con cargas financieras".
  • Si el país de destino no pertenece a la Unión Europea y el vehículo tiene más de cuatro años de antigüedad desde la primera matriculación, deberás tener la Inspección Técnica del Vehículo (ITV) en vigor.

Si lo haces a través de internet:

  • Certificado digital, DNI electrónico o credenciales Cl@ve para acceder al servicio.
  • Abonar la tasa correspondiente. Puedes pagarla en el mismo formulario pulsando el botón 'Pagar' del panel de “Solicitud”. Si la has abonado previamente, puedes introducir el número de tasa, que se encuentra en la última página del justificante de compra. Ayuda . En los casos que el vehículo tenga más de 15 años de antigüedad de matriculación en España, no tendrás que pagar ningún importe.
  • Contrato digitalizado de compraventa (si el vendedor es un particular) firmado por ambas partes en todas las hojas que lo componen o factura (si el vendedor es una empresa). En el caso de que el vehículo tenga cotitulares, ha de estar firmado por ambos cotitulares, junto a la firma del comprador.
  • En el caso de que actúes como tutor de menores o incapacitados, tendrás que proporcionar el documento acreditativo de relación entre tutor y tutelado.
  • Inspección técnica (ITV) en vigor, si el país de destino no pertenece a la Unión Europea y el vehículo tiene más de cuatro años de antigüedad desde la primera matriculación.

Si lo haces presencialmente:

  • Solicitud en impreso oficial relleno, que se facilita también en las Jefaturas de Tráfico.
  • Identificación del interesado:Documento oficial que acredite tu identidad y domicilio (DNI, permiso de conducción español, tarjeta de residencia, pasaporte más Número de Identificación de Extranjeros).
  • Para vehículos agrícolas, documento acreditativo de la baja en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola (ROMA).
  • Documentación del vehículo original:Permiso de circulación Ayuda y tarjeta de ITV Ayuda, o la declaración responsable de no disponer de dicha documentación.
  • En los casos de baja por traslado a un país que no pertenece a la Unión Europea, si el vehículo tiene más de cuatro años de antigüedad desde la primera matriculación, deberá tener la inspección técnica (ITV) en vigor.
  • Justificante de pagocon los datos de la tasa 4.1 de 8,67 € adquirida previamente. En los casos que el vehículo tenga más de 15 años de antigüedad de matriculación en España, no tendrás que pagar ningún importe. También podrás realizar el abono de la tasa en el momento de realizar el trámite en nuestras oficinas con tarjeta, nunca en efectivo.
  • En el caso de que actúes como tutor de menores o incapacitados, tendrás que proporcionar el documento acreditativo de relación entre tutor y tutelado. 

1. Por internet, con DNI electrónicoo certificado electrónico en vigor o tus credenciales de Cl@ve para acceder al registro.

  • Para realizar la baja definitiva de un vehículo por traslado a otro país de la Unión Europea, puedes hacerlo en nuestro Formulario de Solicitud. Si el vehículo tiene más de 15 años de antigüedad desde su matriculación en España, deberás presentar tu solicitud a través del siguiente enlace.
  • En el caso de que quieras realizar la baja definitiva de un vehículo por traslado a otro país fuera de la Unión Europea, puedes hacerlo desde nuestro Formulario de Solicitud.

Una vez dentro del formulario:

  • Rellena los campos de contacto y modo de notificación, así como el CIF/NIF/NIE.
  • En el apartado de “Solicitud”, completa la información de la matrícula del vehículo, el NIF/NIE del titular y selecciona la oficina de tu provincia. Si no apareciese, marca en el listado la opción de “Otras provincias”. Además, deberás realizar el pago de la tasa aquí. Para tramitarlo, introduce el número de la tasa. Recuerda que en los casos que el vehículo tenga más de 15 años de antigüedad de matriculación en España, no tendrás que pagar ningún importe. Y no te olvides de indicar el país de destino.
  • Finalmente, en la sección de “Documentos a adjuntar”, añade toda la documentación necesaria previamente escaneada:
    • Contrato digitalizado de compraventa (si el vendedor es un particular) firmado por ambas partes en todas las hojas que lo componen o factura (si el vendedor es una empresa).
    • Si actúas como tutor de menores o incapacitados, tendrás que proporcionar el documento acreditativo de relación entre tutor y tutelado.
  • En el caso de que el vehículo tuviera más de 15 años de matriculación, en el apartado “Solicitud” del formulario completa la información de la matrícula del vehículo y el bastidor. Selecciona el despegable de “Materia de tramitación”, la opción “Baja” además de la oficina de tu provincia. Si no estuviera en el listado, selecciona la opción "Otras provincias". No te olvides de completar el campo “Información del trámite a solicitar” con una explicación detallada de tu solicitud.
  • Si el trámite lo va a presentar un representante en tu nombre, deberás haber autorizado previamente la representación a través de nuestro Registro de apoderamientos. Tu representante, a la hora de identificarse en el registro para presentar la solicitud, debe indicar esta circunstancia marcando en el desplegable '¿Quién presenta el trámite?' la opción 'Representante', y rellenando posteriormente en el formulario tanto sus datos (representante) como los tuyos (representado).
  • Registra tu solicitud y conserva el justificante.

Cuando presentas tu solicitud por Registro, debes tener en cuenta:

  • La presentación por Registro de una solicitud no es un trámite automático. La atenderemos en el menor tiempo posible, pero no nos es posible garantizar un plazo concreto. En el momento en el que la gestionemos, te enviaremos un correo electrónico confirmándote su tramitación.
  • A la hora de efectuar el trámite se tendrá en cuenta la fecha en la que fue presentada la solicitud. No olvides conservar el justificante de presentación.
  • Antes de adjuntar tus documentos digitales, verifica que son fácilmente legibles y que se encuentran escaneados con una buena calidad. Si no podemos leer claramente la documentación que nos envíes, no podremos atender tu solicitud.

2. Presencialmente, entregando toda la documentación en cualquier Jefatura u Oficina de Tráfico. En este caso, necesitas solicitar cita previa por internet o llamando al 060. Recuerda que la atención presencial en nuestras oficinas está reservada para particulares y sus representantes. Empresas y otras personas jurídicas, así como sus representantes, deberán realizar sus trámites de manera electrónica.

3. Si estás en el extranjero: Además de por internet, puedes cursar tu solicitud a través de las representaciones diplomáticas o consulares presentando la documentación.

Excepcionalmente y en estos casos, el pago de la tasa puede realizarse mediante transferencia bancaria y por el importe exacto a la siguiente cuenta de la Jefatura Central de Tráfico:

C.C.C.: 2100 5731 7602 0020 4028

IBAN: ES29 2100 5731 7602 0020 4028

SWIFT: CAIXESBBXXX

Has de hacer constar en el concepto de la transferencia, y por este orden, la siguiente información:

1º DNI titular - 2º Matrícula - 3º Baja vehículo por traslado a otro país. Ejemplo: “12345678A - 0000-BBB – Baja de vehículo por exportación”

Los gastos de la transferencia serán por cuenta del interesado.

Si encontramos algún problema en tu solicitud online, te mandaremos un correo para que la subsanes. En dicho correo te indicaremos cual ha sido el problema y qué documentos debes presentar para corregir o completar la documentación inicialmente aportada.

Para hacerlo deberás acceder al Formulario de Solicitud correspondiente (Baja definitiva por traslado a otro país de la UEBaja definitiva por traslado a otro país fuera de la UEBaja definitiva por traslado de vehículo de más de 15 años de antigüedad a otro país). Te aparecerá un nuevo panel, “Solicitudes realizadas anteriormente” dónde deberás seleccionar en el desplegable qué solicitud, de todas las realizadas anteriormente, quieres subsanar. Una vez seleccionada la solicitud a subsanar, no podrás modificar los datos de la misma, únicamente podrás adjuntar nueva documentación.

Si necesitas más ayuda, tienes disponible un videotutorial dónde se explica paso a paso como subsanar una solicitud presentada a través de nuestro Registro Electrónico. 

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Para el caso de vehículos agrícolas, antes de solicitar el trámite en la DGT, deberás acudir al Registro Oficial de Maquinaria Agrícola (ROMA) de la Comunidad Autónoma donde esté domiciliado tu vehículo para darlo de baja.

Cuando nos solicites la baja deberás presentar el documento acreditativo de que el vehículo está de baja en el ROMA. Esta acreditación se podrá sustituir por la verificación electrónica en la correspondiente Comunidad Autónoma.

  • Para tramitar la baja definitiva de un vehículo por traslado a otro país tienes que adquirir la tasa 4.1 de 8,67 €
  • Si el vehículo tiene más de 15 años de antigüedad desde su matriculación en España, no tendrás que pagar ningún importe.

Recuerda que si estás en el extranjero, puedes pagar vía transferencia a las cuentas indicadas en el apartado anterior, siendo los gastos de la transferencia serán por cuenta del interesado.

Tienes varios medios para comprar tu tasa:

  • Si vas a realizar la solicitud del trámite por Internet a través del registro, deberás adquirir la tasa previamente a través de cualquiera de los canales disponibles e incluir el justificante de compra en ella. 
  • En caso de realizar el trámite presencialmente podrás comprar la tasa en nuestras oficinas en el momento de realizarlo, usando cualquier tarjeta de débito o crédito, nunca en metálico, o aplicar una tasa comprada previamente en alguno de los canales habilitados para ello

¿Es posible traer de vuelta mi vehículo si regreso a vivir a España?

Sí. Si diste de baja un vehículo para llevartelo al extranjero, y has regresado a nuestro país de nuevo con tu vehículo, es posible rehabilitarlo, volver a recuperar su matrícula anterior y volver a conducirlo.


Voy durante una temporada al extranjero y voy a llevarme mi vehículo ¿Necesito obligatoriamente darlo de baja y rematricularlo en el país de destino? ¿Influye que se trate de un país de la Unión Europea o no?

Si vas de vacaciones, no es necesario. Sin embargo, si vas a vivir allí y convertirte en residente, sí que tendrás que realizar la baja aquí y re matricularlo en tu nuevo país de residencia.

El plazo que tienes dentro de la UE es de un mes desde que se tramita la residencia. Si te vas a un país de fuera de la UE, deberás contactar con el consultado para que te informen del plazo que tienes.  

Es importante que realices la baja antes de llevarte el vehículo y matricularlo en tu nuevo país de residencia.


Ya que si mi coche está dado de baja no puedo circular con él, ¿cómo lo llevo hasta mi nuevo país de residencia?

Tienes dos opciones. Una vez realizada la baja y mientras no se tramita la nueva matriculación en tu nuevo país, puedes:

  • Matricularlo temporalmente con unas placas verdes, de esta manera podrás seguir circulando con él temporalmente.
  • Enviar tu vehículo en grúa u otro medio de desplazamiento alternativo.

Tengo un vehículo en baja temporal que me quiero llevar al extranjero ¿Tengo que darlo antes de alta?

No es necesario, ya que es posible pasar de la baja temporal a la definitiva por exportación sin tener que realizar previamente el alta. Tienes que tener en cuenta


¿Se puede dar de baja para exportación un vehículo que se haya entregado en un desguace?

No, todo vehículo entregado a un Centro Autorizado de Tratamiento no es válido para su exportación.

La única excepción es la de aquellos vehículos dispongan de un especial interés histórico o singularidad. En estos casos, se puede solicitar previamente su rehabilitación, antes de proceder a su baja por exportación.


Soy extranjero y deseo traer mi coche a España, ¿qué tengo que hacer?

Tendrás que hacer el proceso contrario: Solicitar la baja del vehículo por exportación en tu país de origen, traerlo con una matrícula temporal o montado en una grúa y finalmente realizar la matriculación del vehículo.

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