COMUNICACIÓN DE ARRENDATARIOS DE VEHÍCULOS DE RENTING

La Dirección General de Tráfico dispone de un sistema informático que permite a empresas de renting, comunicar de manera on-line quienes son los arrendatarios de sus vehículos, quedando está información registrada por parte de la DGT.

De esta manera las Administraciones se dirigirán directamente y como primera opción al usuario habitual del vehículo y no a la empresa titular, evitando practicar notificaciones innecesarias y facilitando la gestión interna de la empresa.

De la misma manera que se notifican las altas de los arrendatarios, una vez finalizado o a punto de finalizar el uso del vehículo por parte del arrendatario, se deberá informar de la hora y fecha de fin de la utilización del vehículo.

El servicio de comunicación de arrendatarios está dirigido a empresas de renting. La notificación del arrendatario de un vehículo de renting debe hacerla el titular del vehículo o cualquier persona autorizada en su nombre.

Este servicio no está pensado para empresas de sharing ni para empresas en las que la flota de vehículos no tienen un conductor fijo asignado y que pueden ser conducidos habitualmente por distintos conductores. En estos casos, la gestión y registro de los conductores deberá hacerla la propia empresa internamente por si fuera necesario informar a la DGT de quién conducía el vehículo en un momento determinado.

Para realizar la autorización a otra persona que actúe en tu representación, también para designar gestorías o consultoras, puedes hacer uso de nuestro Registro de apoderamientos.

El servicio de comunicación de conductores arrendatarios para empresas de renting ofrece las siguientes operaciones, disponibles tanto en aplicación web como a través del servicio web:

  • Alta de un nuevo arrendatario. Permite de dar de alta un arrendatario para un vehículo en un determinado intervalo de fechas.
  • Consulta de arrendatario. Permite consultar los arrendatarios vigentes de un vehículo a través de su matrícula.
  • Modificación de la fecha de finalización o baja de un arrendatario. Permite comunicar una nueva fecha de fin del actual arrendatario de un vehículo.

En cualquier momento puedes comunicar el arrendatario de un vehículo a la DGT. Puedes hacerlo siempre que se cumpla un periodo mínimo en el que el conductor vaya a utilizar el vehículo por períodos continuados superiores a 90 días.

Actualmente existen dos maneras alternativas de integrarse con el sistema de comunicación de arrendatarios de vehículos para empresas de renting:

  • A través de Aplicación WEB – Con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve. La notificación del arrendatario de un vehículo de renting debe hacerla el titular del vehículo o cualquier persona autorizada en su nombre. Esta vía está pensada para empresas con una flota pequeña o que necesita realizar pocas notificaciones de arrendatarios.
  • Integrándose a través de los Web Services que provee la DGT a los usuarios del sistema. Esta alternativa requiere por parte de los usuarios que desarrollen su propio aplicativo de gestión y envíe las peticiones a la DGT haciendo llamadas a través de los WS, automatizando el envío de notificaciones. Por eso solo es interesante para empresas con grandes flotas que necesiten dar de alta y baja gran cantidad de arrendatarios. Además, se debe tener instalado en el repositorio de confianza del servidor usado en la integración la clave pública actualizada de nuestros certificados electrónicos de nuestros dominios TRAFICO o SEDE según corresponda. Puedes obtener más información en el Welcome Pack de la aplicación.

Las empresas interesadas en integrarse con este servicio podrán contactar con la DGT a través del buzón soportecau@dgt.es. Para poder ser atendido, dicho correo debe estar estructurado de la siguiente manera:

  • En el asunto deberá indicar: "Apertura de Incidencia Automática Aplicación / Desarrollo".
  • El cuerpo del mensaje debe ser:
    • Servicio/Aplicación: CAYC
    • Tipo: Error Funcional
    • Descripción: Descripción detallada de la solicitud. En la descripción de la solicitud se deberá indicar de forma explícita que se solicita el alta en el servicio de comunicación de arrendatario, además de suministrar la siguiente información:
      • Tipo de integración solicitada: aplicación web o servicio web.
      • CIF, razón social y domicilio social de la empresa solicitante, y en su caso CIF, razón social y domicilio social de la entidad que va a desarrollar la integración con el servicio.
      • Se deberá indicar si la empresa solicitante actúa como empresa de renting o como representante de empresa de renting.
        • Si actúa directamente como empresa de renting, la DGT comprobará telemáticamente la relación de actividades económicas desarrolladas por la empresa, a menos que en la solicitud se comunique expresamente la oposición a dicha consulta, en cuyo caso se deberá aportar como documento adjunto al correo una copia del Impuesto de Actividades Económicas.
        • Si actúa como representante, se deberá haber presentado previamente el otorgamiento de la representación por parte de la empresa de renting a través del Registro de apoderamientos.

Una vez la DGT reciba la solicitud de integración con el servicio a través del canal anteriormente indicado, nos pondremos en contacto con la empresa solicitante para guiarles por los diferentes pasos.

Como es habitual, en primer lugar se realizará una integración contra el entorno de pruebas de la DGT para finalmente acceder al entorno de producción cuando todas las pruebas hayan resultado satisfactorias.

Durante el proceso de integración le suministraremos todos los datos necesarios para poder acceder al servicio.

Para saber más y ver ejemplos de altas e incidencias, tienes acceso a una guía completa.

En el caso de incidencia o necesidad de soporte, se debe escribir un correo electrónico a soportecau@dgt.es. Para poder ser atendido, dicho correo debe estar estructurado de la siguiente manera:

  • En el asunto deberá indicar: "Apertura de Incidencia Automática Aplicación / Desarrollo".
  • El cuerpo del mensaje debe ser:
    • Servicio/Aplicación: CAYC
    • Tipo: Escoger uno de los siguientes según corresponda:
      • Pérdida de Servicio – El sistema no está respondiendo a la solicitud enviada.
      • Error Acceso – Si pese a estar dado de alta no puedes acceder al servicio
      • Error Funcional – Si bien funciona, el sistema no devuelve lo que debería devolver.
    • Descripción: Descripción detallada de la incidencia.

Para saber más y ver ejemplos de altas e incidencias, tienes acceso a una guía completa.

La integración y uso del sistema comunicación de arrendatarios es un trámite gratuito.

¿Existe un periodo mínimo de arrendamiento del vehículo para la comunicación del arrendatario?

Sí, el plazo mínimo de uso del vehículo para poder anotar el conductor habitual, será de 30 días.


¿Quién puede realizar la comunicación del arrendatario?

La empresa titular del vehículo, su representante o la gestoría o consultora de la empresa.


¿Quién puede modificar la duración de una comunicación del arrendatario ya realizada?

 Además de los titulares, podrán modificar la duración de la comunicación inicialmente realizada, los propios conductores habituales ya anotados.


¿Es necesario informar la baja del arrendatario?

Si. Una vez finalizado o a punto de finalizar el uso del vehículo por parte del arrendatario, se deberá informar para su inscripción la baja del mismo, debiéndose hacer constar la hora y fecha de fin del arrendamiento.


¿Qué garantías de seguridad ofrece el servicio web en la transmisión de los datos?

El servicio se basa en una comunicación cifrada sobre SSL y hace uso del estándar WS-Security (Seguridad en Servicios Web), lo que ofrece un medio seguro en la comunicación con los sistemas de la DGT.

Para poder invocar al servicio es necesario disponer de un certificado electrónico emitido por una Autoridad de Certificación admitida por @firma y éste debe estar a nombre de un usuario previamente autorizado en el sistema.

Más información sobre seguridad en el manual de usuario suministrado en el Welcome Pack.


¿Cómo es el proceso de integración con el servicio web?

Una vez la DGT reciba la solicitud de integración con el servicio a través del canal anteriormente indicado, nos pondremos en contacto con la empresa solicitante para guiarles por los diferentes pasos.

Como es habitual, en primer lugar se realizará una integración contra el entorno de pruebas de la DGT para finalmente acceder al entorno de producción cuando todas las pruebas hayan resultado satisfactorias.

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