Baja definitiva de vehículos que ya no existen materialmente
Acceso al servicio
Si eres el titular de un vehículo que ya no existe materialmente pero que sigue dado de alta en Tráfico, puedes solicitarnos su baja. Esta situación puede darse, por ejemplo, si el desguace donde llevaste el coche no informó de la baja del mismo a Tráfico.
Para considerar que el vehículo no existe materialmente, además de tu declaración jurada, debe cumplirse que durante los últimos diez años no conste que el vehículo haya pasado la ITV y tampoco haya tenido el seguro de responsabilidad civil obligatorio,
Si el vehículo tiene menos de 10 años de antigüedad de matriculación, tendrás que aportar el certificado de destrucción del vehículo expedido por el Centro Autorizado de Tratamientos (desguaces) donde fuera entregado, ya sea nacional o extranjero.
Además, para poder realizar la baja, antes de realizar el trámite es imprescindible que el vehículo no tenga un precinto de una autoridad administrativa o judicial. Si no fuera así, no es posible tramitar la baja.
Por otro lado, para realizar cualquier gestión relacionada con altas, bajas y rehabilitaciones, utiliza nuestro asistente online o consulta la página general, y te ayudaremos a acceder correctamente al trámite que necesites.
Para realizar la baja definitiva de vehículos que ya no existen materialmente, debe hacerlo el titular del vehículo o cualquier persona autorizada en su nombre.
- Para autorizar a otra persona a que actúe en tu representación, puedes designarla a través de nuestro Registro de apoderamientos.
- Si el trámite lo va a realizar otra persona en tu nombre presencialmente, en el momento de solicitar la cita previa en el 060, se debe indicar tu DNI como interesado y también el de la persona autorizada.
- También, en caso de realizar el trámite de manera presencial, tu representante puede personarse siempre que disponga de un documento firmado por ti como interesado donde lo autorices a realizar la solicitud. Para ello, descarga y rellena nuestro modelo de autorización “Otorgamiento de representación”.
- Recuerda que las empresas o personas jurídicas solo pueden realizar sus trámites online.
1. El vehículo no debe haber pasado la ITV ni haber tenido seguro en los últimos 10 años.
Antes de realizar la baja definitiva de un vehículo que ya no existe materialmente, debes comprobar que, en los últimos diez años, no conste que haya pasado la ITV ni haya tenido seguro de responsabilidad civil obligatorio.
2. El vehículo no debe tener un precinto de una autoridad administrativa o judicial.
Es imprescindible que el vehículo no tenga un precinto de una autoridad administrativa o judicial ya que, si fuera así, no sería posible tramitar la baja. En este caso, es preciso cancelar dicho precinto previamente a la solicitud de baja.
1. Si realizas el trámite a través de internet:
- Certificado digital, DNI electrónico o credenciales Cl@ve para acceder al servicio.
- Si el vehículo tiene menos de 15 años de antigüedad:
- Justificante del pago de la tasa 4.1. También podrás realizar el abono de la tasa en el momento de realizar el trámite.
- Certificado de destrucción del vehículo expedido por el Centro Autorizado de Tratamientos (desguaces) donde fuera entregado, ya sea nacional o extranjero.
- En el caso de menores tutelados o incapacitados, tendrás que proporcionar el documento acreditativo de relación entre tutor y tutelado.
2. Si realizas el trámite presencialmente:
- Declaración jurada acreditando que el vehículo ya no existe.
- Si el vehículo tiene menos de 15 años de antigüedad:
- Justificante del pago de la tasa 4.1. También podrás realizar el abono de la tasa en el momento de realizar el trámite en nuestras oficinas con tarjeta, nunca en efectivo.
- Certificado de destrucción del vehículo expedido por el Centro Autorizado de Tratamientos (desguaces) donde fuera entregado, ya sea nacional o extranjero.
- En caso de que el titular del vehículo que no existe se encuentre fallecido, se deberá aportar, además, una declarción responsable indicando dicha situación.
- Para la baja definitiva de vehículos agrícolas, debes aportar el documento acreditativo que atestigüe la baja en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola (ROMA).
Para solicitar la baja definitiva de vehículos que ya no existen materialmente, puedes realizarlo:
1. Por internet, a través de nuestro Formulario de Solicitud. Debes disponer de DNI Digital o certificado electrónico en vigor o tus credenciales de Cl@ve para acceder al formulario. Una vez dentro:
- Rellena los campos de contacto y modo de notificación, así como el CIF/NIF/NIE.
- En el apartado de “Solicitud”, completa la información del titular del vehículo, la matrícula y selecciona la oficina de tu provincia. Si no apareciese, marca en el listado la opción de “Otras provincias”. Además, no te olvides de marcar la casilla confirmando que el vehículo ya no existe materialmente. Por otro lado, si tu vehículo tiene menos de 15 años de antigüedad, deberás realizar el pago de la tasa aquí. Para tramitarlo, introduce el número de la tasa.
- Para la baja definitiva de vehículos agrícolas, deberás marcar la casilla de aceptación de la consulta de la baja en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola (ROMA).
- Finalmente, en la sección de “Documentos a adjuntar”, incluye toda la documentación necesaria previamente escaneada:
- Si actúas como tutor de menores o incapacitados, tendrás que proporcionar el documento acreditativo de relación entre tutor y tutelado.
- Si el trámite lo va a presentar un representante en tu nombre, deberás haber autorizado previamente la representación a través de nuestro Registro de apoderamientos. Tu representante, a la hora de identificarse en el registro para presentar la solicitud, debe indicar esta circunstancia marcando en el desplegable '¿Quién presenta el trámite?' la opción 'Representante', y rellenando posteriormente en el formulario tanto sus datos (representante) como los tuyos (representado).
- Registra tu solicitud y conserva el justificante.
Cuando presentas tu solicitud por Registro, debes tener en cuenta:
- La presentación por Registro de una solicitud no es un trámite automático. La atenderemos en el menor tiempo posible, pero no nos es posible garantizar un plazo concreto. En el momento en el que la gestionemos, te enviaremos un correo electrónico confirmándote su tramitación.
- A la hora de efectuar el trámite se tendrá en cuenta la fecha en la que fue presentada la solicitud. No olvides conservar el justificante de presentación.
- Antes de adjuntar tus documentos digitales, verifica que son fácilmente legibles y que se encuentran escaneados con una buena calidad. Si no podemos leer claramente la documentación que nos envíes, no podremos atender tu solicitud.
2. Presencialmente, entregando toda la documentación indicada en el apartado “Qué necesitas” en cualquiera de nuestras oficinas o Jefaturas. En este caso, debes solicitar cita previa por internet o llamando al 060.
Si encontramos algún problema en tu solicitud online, te mandaremos un correo para que la subsanes. En dicho correo te indicaremos cual ha sido el problema y qué documentos debes presentar para corregir o completar la documentación inicialmente aportada.
Para hacerlo deberás acceder al Formulario de Solicitud. Te aparecerá un nuevo panel, “Solicitudes realizadas anteriormente” dónde deberás seleccionar en el desplegable qué solicitud, de todas las realizadas anteriormente, quieres subsanar. Una vez seleccionada la solicitud a subsanar, no podrás modificar los datos de la misma, únicamente podrás adjuntar nueva documentación.
Si necesitas más ayuda, tienes disponible un videotutorial dónde se explica paso a paso como subsanar una solicitud presentada a través de nuestro Registro Electrónico.
Si la baja definitiva es para un vehículo agrícola, antes de solicitar el trámite en la DGT deberás acudir al Registro Oficial de Maquinaria Agrícola (ROMA) de la Comunidad Autónoma donde esté domiciliado tu vehículo para darlo de baja.
Si haces la tramitación online, tendrás que autorizarnos en la solicitud a realizar la consulta en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola (ROMA) si se trata de un vehículo agrícola.
Si la haces presencialmente, deberás presentar el documento acreditativo de que el vehículo está de baja en el ROMA. Esta acreditación se podrá sustituir por la verificación electrónica en la correspondiente Comunidad Autónoma.
Para tramitar la baja definitiva de vehículos que ya no existen materialmente, deber tener en cuenta que:
- Si el vehículo tiene más de 15 de años de antigüedad de matriculación, el trámite es gratuito.
- Si el vehículo tiene menos de 15 años de antigüedad de matriculación, tienes que adquirir la tasa 4.1 de 8,67 €
Tienes varios medios para pagar tu tasa:
- Código SIA. 202347.
- Normativa reguladora:
- Reglamento General de vehículos. Reglamento General de vehículos.
- Directiva 2000/53/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de septiembre de 2000, relativa a los vehículos al final de su vida útil.
- Real Decreto 265/2021, de 13 de abril, sobre los vehículos al final de su vida útil.
Mi coche consta que está de alta en Tráfico, pero ya lo entregué en un desguace, ¿qué puedo hacer?
Es posible que el desguace donde llevaste el coche no informase de la baja a Tráfico, pero si en diez años no ha pasado la ITV y tampoco ha tenido el seguro de responsabilidad civil obligatorio, el coche ya no existe materialmente. En este caso, puedes solicitar la baja definitiva en la DGT a través del icono “Registro Electrónico” situado en la parte superior de esta página.
En el caso de querer hacerlo presencialmente, persónate en cualquier Jefatura u Oficina de Tráfico. En este caso, necesitas solicitar cita previa por internet o llamando al 060. No olvides traer el certificado de destrucción del vehículo.
El vehículo que quiero dar de baja tiene más de 15 años, ¿debo pagar la tasa correspondiente?
No, en los casos en el que los vehículos con más de 15 años desde su matriculación, el coste del trámite es gratuito.
¿Tengo que comunicar la baja de mi vehículo en el Ayuntamiento?
No, la Jefatura de Tráfico se encarga de la comunicación.