Con tu permiso español en vigor podrás conducir sin necesidad de ningún tipo de autorización adicional en todos los países de la Unión Europea (UE) y del Espacio Económico Europeo (EEE: Islandia, Liechtenstein y Noruega) y en los países con los que existe un tratado bilateral en materia de circulación y transporte (Andorra, Argelia, Argentina, Bolivia, Chile, Colombia, Corea del Sur, Costa Rica, Ecuador, Japón(*), Marruecos, Nicaragua, Perú, República Dominicana, Panamá, Paraguay, Uruguay, Brasil, El Salvador, Filipinas, Guatemala, Serbia, Suiza, Turquía, Túnez, Ucrania, Mónaco, Macedonia del Norte, Reino Unido e Irlanda del Norte, Nueva Zelanda).

(*) En el caso de Japón, aunque existe tratado bilateral, no está contemplado el reconocimiento recíproco de los permisos de conducción nacionales. Si quieres conducir en este país, tendrás que llevar tu permiso de conducción válido y en vigor, acompañándolo con el permiso internacional, también válido y en vigor. 

Si vas a conducir en cualquier otro país, deberás obtener previamente un permiso internacional.

  • El permiso internacional es aceptado en prácticamente todos los países del mundo, y te permite conducir normalmente siendo aconsejable que venga acompañado de tu permiso español en vigor.
  • El permiso internacional no permite la circulación en el país en el que se expide. 
  • El permiso internacional tiene una validez de un año. Se trata de un permiso temporal por lo que, si vas a cambiar tu residencia a otro país, tendrás que informarte allí de cómo actuar para realizar el canje o inscripción de tu permiso según las reglas de tu nuevo país.
  • Si vienes de otro país de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein o Noruega, y necesitas un permiso internacional, antes de solicitar tu permiso en España, tendrás que inscribir tu permiso en la DGT.

Aún así, si vas a viajar fuera de la UE y el EEE, te recomendamos que confirmes en el consulado o la oficina de turismo del país si en la actualidad tiene tratado bilateral con España o si, por el contrario, necesitas el permiso internacional.

La propia persona interesada o cualquier persona autorizada en su nombre.

Para realizar la autorización a otra persona que actúe en tu representación, puedes designar un representante a través de nuestro Registro de apoderamientos.

También, en caso de realizar el trámite de manera presencial o en los casos en los que el trámite se realice online pero la persona que vaya a recoger el permiso no sea el interesado, puede personarse otra persona siempre que disponga de un documento firmado por la persona interesada donde le autorice a realizar la solicitud, y donde exprese su carácter gratuito. Para ello descarga y rellena el modelo de autorización de la DGT “Otorgamiento de representación”.

Si el trámite lo va a realizar otra persona en su nombre, en el momento de solicitar la cita previa en el 060, se debe indicar el DNI del interesado y también el de la persona autorizada.

a) Si lo haces a través de Internet:

  • Tu certificado digital, DNI electrónico o tus credenciales de Cl@ve para acceder al servicio.
  • Abonar la tasa 4.5 de 10,51 € correspondiente. Puedes pagar la tasa en el mismo formulario pulsando el botón de 'Comprar' en el panel de Solicitud. Si has adquirido previamente la tasa, puedes introducir el número de tasa, que se encuentra en la última página del justificante de compra.   Ayuda 
  • Una vez dentro, deberás rellenar los campos de contacto, modo de notificación e introducir tu fecha de nacimiento y la Jefatura u Oficina de Tráfico dónde quieres recoger tu permiso sin necesidad de solicitar cita previa.
  • Podrás recoger tu permiso dos días después de realizar la solicitud. Para hacerlo tendrás que acreditar tu identidad con DNI, pasaporte o NIE y llevar una fotografía original actual de 32 x 26 mm. en color y con fondo liso, tomada de frente con la cabeza descubierta y sin gafas de cristales oscuros o cualquier otra prenda que pueda impedir o dificultar tu identificación. 

Nota: Si por tu religión llevas el cabello cubierto, se admitirán las fotografías con velo, pero el óvalo del rostro debe aparecer totalmente descubierto desde el nacimiento del pelo hasta el mentón, de forma que no impida o dificulte tu identificación.

b) Si realizas el trámite presencialmente:

  • Rellenar la solicitud de permiso internacional, usando el modelo 3: Trámites de conductores, con los datos del interesado, marcando en el apartado de selección del trámite ‘Solicitud de permiso internacional’.
  • Abonar el importe en ventanilla o tener el justificante de haber realizado el pago previamente la tasa 4.5 de 10,51 € correspondiente.
  • Documentación original y en vigor para acreditar tu identidad y residencia: DNI o Pasaporte. Si eres una persona extranjera comunitaria, Autorización de residencia o documento de identidad de tu país, o Pasaporte junto con el Certificado de inscripción en el Registro Central de Extranjeros. Si eres una persona extranjera no comunitaria, Autorización de residencia.
  • Fotografía original actual de 32 x 26 mm. en color y con fondo liso, tomada de frente con la cabeza descubierta y sin gafas de cristales oscuros o cualquier otra prenda que pueda impedir o dificultar tu identificación.

Nota: Si por tu religión llevas el cabello cubierto, se admitirán las fotografías con velo, pero el óvalo del rostro debe aparecer totalmente descubierto desde el nacimiento del pelo hasta el mentón, de forma que no impida o dificulte tu identificación.

1. Por internet, accediendo con tu certificado digital, DNI electrónico o credenciales de Cl@ve a través de nuestro Registro Electrónico. Tu permiso estará disponible para su recogida 2 días después de realizar la solicitud en la jefatura que seleccionaras en el momento de solicitar el trámite. 

  • Ten en cuenta que deberás acudir fisicamente a recoger el permiso, aportando una fotografía original actual de 32 x 26 mm. Podrás acudir a recoger tu permiso sin necesidad solicitar cita previa.
  • Si no puedes venir a recoger el permiso, la persona que venga deberá presentar la correspondiente autorización en la oficina en el momento de recoger el permiso acompañada de tu DNI/NIE original o compulsado. Para ello descarga y rellena el modelo de autorización de la DGT “Otorgamiento de representación”.

2. Presencialmente, entregando toda la documentación en cualquier Jefatura u Oficina de Tráfico. En este caso, necesitas solicitar cita previa por internet o llamando al 060.

Para la expedición del permiso internacional certificado oficial tendrás que adquirir la tasa 4.5 de 10,51 €

Tienes varios medios para pagar tu tasa:

  • Si vas a realizar el trámite a través de Internet, puedes pagar la tasa en el momento de realizar la solicitud, en el panel de Solicitud, pulsando el botón 'Pagar'. También puedes adquirir la tasa previamente a través de cualquiera de los canales disponibles para ello. A la hora de realizar la solicitud, te pediremos el número de la tasa que has comprado. Es un número de 12 cifras que está en la última página del justificante de compra.
  • En caso de hacerlo presencialmente, podrás pagar la tasa en nuestras oficinas en el momento de efectuarlo, usando cualquier tarjeta de débito o crédito, nunca en metálico, o aplicar una tasa pagada previamente en alguno de los canales habilitados para ello.

¿En qué países puedo circular con mi permiso español sin necesidad de sacar el internacional?

Puedes conducir con tu permiso español en todos los países de la Unión Europea (UE) y del Espacio Económico Europeo (EEE: Islandia, Liechtenstein y Noruega), siempre y cuando esté en vigor. De esta manera, al no ser obligatorio poseer el permiso internacional, no es necesario que lo solicites ni que realices otro tipo de trámite.

Recuerda que tampoco necesitas el permiso internacional en aquellos países con los que España tiene acuerdos o convenios bilaterales: Andorra, Argelia, Argentina, Bolivia, Chile, Colombia, Corea del Sur, Costa Rica, Ecuador, Japón (*), Marruecos, Nicaragua, Perú, República Dominicana, Panamá, Paraguay, Uruguay, Brasil, El Salvador, Filipinas, Guatemala, Serbia, Suiza, Turquía, Túnez, Ucrania, Mónaco, Macedonia del Norte, Reino Unido e Irlanda del Norte, Nueva Zelanda.

(*) En el caso de Japón, aunque existe tratado bilateral, no está contemplado el reconocimiento recíproco de los permisos de conducción nacionales. Si quieres conducir en este país, tendrás que llevar tu permiso de conducción válido y en vigor, acompañándolo con el permiso internacional, también válido y en vigor. 

En todo caso, si vas a viajar fuera de la UE y el EEE, te recomendamos que confirmes en el consulado o la oficina de turismo del país si en la actualidad tiene tratado bilateral con España o si, por el contrario, necesitas el permiso internacional.


¿Qué tiempo de validez tiene el permiso internacional?

La validez es de un año, no prorrogable. Una vez cumplido el año, si lo sigues necesitando, tendrás que volver a sacarte uno nuevo.

Si vas a quedarte a vivir en otro país, tendrás que realizar el canje o inscripción de tu permiso según las reglas de tu nuevo país.


Tengo caducado mi permiso español, ¿puedo circular con el permiso internacional?

No. Ni dentro de nuestras fronteras ni fuera. El permiso internacional sólo te sirve para fuera de nuestras fronteras. Además, para poder circular con un permiso internacional ambos permisos, tanto el internacional como el español, deben estar en vigor.


¿Cómo es físicamente el permiso internacional?

Se compone de una cubierta o cartulina de color gris en forma de tríptico y 16 páginas, en donde, en diferentes idiomas (español, alemán, inglés, francés, italiano, portugués, árabe y ruso), constan los datos personales del titular y de los permisos que posee.


¿Con qué documentos debo acompañar mi permiso internacional?

Si vas a conducir fuera de España con un permiso internacional es aconsejable que lo acompañes de tu permiso de conducir español en vigor o bien te informes de la documentación necesaria en el país de destino.


Mi permiso de conducir es de otro país de Unión Europea ¿Puedo solicitar en España el permiso internacional?

Sí, pero previamente tendrás que inscribir tu permiso de conducir de la UE, Islandia, Liechtenstein Y Noruega en tráfico.


¿En qué países puedo conducir con el permiso internacional?

Puedes conducir con tu permiso internacional en los países que han firmado el convenio internacional de Ginebra referente a transportes y comunicaciones.


¿Qué puedo hacer si el país al que voy no tiene firmado el convenio del permiso internacional?

Si vas a conducir en un país que no tiene ningún acuerdo con España, aconsejamos que preguntes directamente en el consulado u oficina de turismo del país que vayas a visitar para que te informe de qué has de hacer.


¿Puedo conducir mi vehículo por cualquier país del mundo?

Si vas a salir de Europa con tu vehículo, te aconsejamos que te informes en el consulado u oficina de turismo del país que vayas a visitar si necesitas el conocido como ‘Carnet de Passages’, que es el equivalente al pasaporte de un vehículo y te lo solicitan en algunos países del mundo para poder circular con tu vehículo.


No encuentro el número de tasa para solicitar el permiso por internet ¿Dónde puedo encontarlo?

El número de la tasa está en la última página del justificante que te entregamos cuando compras la tasa por internet. Es un número de 12 cifras y es el que has de introducir en el formulario  Ayuda

Descarga de impresos y ayudas

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