Si has recibido una multa y quieres abonarla, lo primero que tienes que hacer es comprobar quién te ha puesto la multa. Es posible que sea de la DGT, pero también puede ser de alguna Comunidad Autónoma o de algún Ayuntamiento. Para pagarla, reclamar o poner alguna alegación, debes dirigirte siempre al organismo que te ha sancionado.

En el caso de la multa sea de la DGT, tienes la posibilidad de pagarla en el periodo voluntario. Dicho periodo comprende los primeros 20 días naturales desde que la denuncia te fue notificada y, en la mayoría de los casos, implica a una reducción del importe de la multa del 50%.

Una vez pasados estos 20 días del periodo voluntario, comienza el periodo ordinario.

  • En este periodo ordinario, que se extiende hasta 45 días después de recibir la notificación, podrás realizar el pago de la multa en cualquier momento. En este caso deberás abonar el 100% del importe de la misma.
  • Una vez transcurrido el plazo ordinario, la sanción pasará a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, que se encargará de cobrarla con el 20% de recargo.

Recuerda que no puedes fraccionar o aplazar el pago de una multa. Ha de pagarse en tu totalidad.

Si pagas la multa en periodo voluntario y te beneficias del 50% de reducción, se entiende que renuncias a presentar alegaciones. Por lo tanto, cualquier recurso o alegación que presentes tras haber pagado la multa en período voluntario, no tendría efecto. Del mismo modo, al interponer una alegación, pierdes el derecho al descuento del 50%, por lo que si tu alegación es desestimada, deberás pagar el 100% de la sanción.

Si has detectado alguna anomalía en el pago de la multa, puedes solicitar la devolución del pago de la multa.

Siempre que te encuentres en periodo voluntario, puedes pagar la multa de la siguiente forma:

1. Por internet:

Recuerda que si realizas el pago por este medio, necesitas tener a mano la fecha de la notificación y el número de expediente. La fecha de notifiación es en la que recibes la notifiación en tu domicilio o bien el día en que te la entregue en mano un agente de la Guardia Civil. Puedes hacer el pago más fácil. Lee el código QR que encuentras en la multa y tendrás todos los datos necesarios para el pago. Ayuda

Introduce el importe total de la multa (sin incluir la reducción del 50%), y te indicamos lo que está pendiente de pago.

Si accedes con identificación previa, te podemos informar de las multas que tienes pendientes de pago, así como ver el historial de sanciones impuestas. También podrás realizar la anulación de un pago indebido o duplicado dentro del mismo día de realizar el pago. En el listado de pagos del apartado 'Consultas' tendrás habilitado un botón para anular el pago si estás aún en plazo. Sólo es posible realizar la anulación el mismo día del pago, por lo que si detectas la anomalía a posteriori, tendrás que solicitar la devolución del pago de la multa.

2. Por teléfono, llamando al teléfono 060, mediante tarjeta de crédito o débito (Visa, Mastercard o Maestro). Se trata de un sistema de atención automática, accesible en horario ininterrumpido, 24 horas todos los días del año. Si estás en el extranjero y deseas contactar con nosotros podrás hacerlo llamando al número de teléfono +34 902 887 060.

3. Desde la app miDGT, aplicación para móviles y tablets de la DGT. Podrás consultar tus multas y pagarlas. Puedes consultar esta página para más información y descarga de la aplicación de manera gratuita tanto para Android como iOS.

Para pagar una multa desde la app, debes ir al menú principal de la aplicación y entrar en el apartado de 'Mis multas' -> 'Pendientes'.

4. Presencialmente:

  • En sucursales y cajeros de Caixabank. El horario es de lunes a viernes en el horario de 8:30 a 14:00 horas, con tarjeta o en efectivo.
  • En cualquier oficina de Correos, con tarjeta o en efectivo, abonando una tasa adicional de 2,25 euros más el 1,50% de la cuantía de la multa.
  • En cualquier Jefatura u Oficina de Tráfico, mediante tarjeta de crédito o débito.  
    • No admitimos el pago en efectivo en nuestras oficinas.
    • La atención presencial en nuestras oficinas es solo para particulares y sus representantes. Empresas y otras personas jurídicas, así como sus representantes, deberán realizar sus trámites de manera electrónica.
  • Si te paran en carretera en el momento de realizar la infracción, y sólo en caso de agentes de la Guardia Civil, tienes la facilidad de pagarla en el momento con tarjeta de crédito o débito. Te aplicaremos el correspondiente descuento por pronto pago.
  • Para hacer el pago necesitas una tarjeta de crédito o débito (Visa, Mastercard o Maestro) o dinero en efectivo, dependiendo del medio que utilices para el pago. Además, es imprescindible conocer el número de expediente de la multa. Ayuda

Cualquier persona que esté en posesión de una tarjeta de crédito o débito (Visa, Mastercard o Maestro) o, en su caso, del dinero en efectivo, puede realizar el pago de la multa en nombre del infractor.

La persona que paga no tiene porqué ser la misma que ha cometido la infracción.

Si accedes identificándote con Cl@ve, puedes ver las sanciones pendientes de pago tuyas o de las personas a las que puedes representar.

Para realizar la autorización a otra persona que actúe en tu representación, puedes designar un representante a través de nuestro Registro de apoderamientos.

También puede personarse siempre que disponga del DNI original y un documento firmado por el interesado donde le autorice a realizar la solicitud, y donde exprese su carácter gratuito. Para ello descarga y rellena el modelo de autorización de la DGT “Otorgamiento de representación”.

Si el trámite lo va a realizar otra persona en su nombre, en el momento de solicitar la cita previa en el 060, se debe indicar el DNI del interesado y también el de la persona autorizada.

Si resides en el extranjero y has recibido una multa de tráfico de la DGT puedes optar por pagar la multa, presentar una alegación o recurso o identificar al conductor que conducía el vehículo de la manera habitual. No obstante, la DGT facilta canales adicionales para realizar estos trámites a los extranjeros:

Pago de la multa:

Además de los canales establecidos en el apartado ¿Qué medios tienes para hacer el pago?, si resides en otro país tienes la posibilidad de realizar el pago de la multa a través transferencia bancaria.

Los datos bancarios para realizar la transferencia vienen indicados en la notificación del expediente. La cuenta bancaria señalada en la notificación SOLO sirve para el pago de ese expediente, no pudiéndose pagar otro expediente distinto con cargo a esa cuenta bancaria.

Es muy importante incluir en el asunto el número de referencia de la sanción de manera. Revisa que este número sea correcto antes de realizar la transferencia, ya que si no es correcto, la multa no se entendrá pagada. Además, las comisiones bancarias que la institución bancaria pueda cobrar siempre correrán a cargo de la persona interesada.

Presentación de alegación o recurso:

Si no estás de acuerdo con la multa, puedes presentar una alegación o recurso indicándonos las pruebas que estimes convenientes. Para ello tienes disponibles los siguientes canales:

El plazo para presentar pruebas a través de un recurso es de 20 días a partir del día siguiente al día en que la persona interesada recibió la notificación. El plazo para presentar una apelación es de un mes a partir del día siguiente al día en que la persona interesada recibió la notificación.

Recuerde que con la presentación de un recurso renunciará a cualquier derecho a la reducción del 50% del importe de la multa.

Si no paga la multa financiera, no apele contra ella, esta notificación implicará, por sí sola y sin la necesidad de emitir una decisión final, la finlazación del procedimiento de infracción y la multa será definitiva dentro de los 30 días (Artículo 81.5 del Ley de Seguridad Vial). A partir de ese momento, tendrá 20 días para pagar la multa, sin ninguna reducción.

Este caso vence un año después de su inicio si no se ha emitido una decisión final, a menos que existan motivos legales para detenerlo (artículo 92 de la Ley de Seguridad Vial).

Identificación del conductor infractor:

Si no eras tu quien conducía el vehículo en la fecha en que se cometió la falta, puedes usar nuestra aplicación web para identificarlo o mandarnos un escrito por fax o correo postal identificando al conductor con la siguiente información:

  • Número de identificación de la multa.
  • Nombre y apellidos del conductor.
  • Número del permiso de conducir, fecha de emisión y país del conductor.
  • Dirección del conductor.
Puedes indicarnos quién conducía el vehículo en el plazo de los 20 días posteriores a la recepción de la notificación de la multa por cualquiera de los siguientes medios:
  • Fax: 0034987842693
  • Correo Postal: CTDA - Apartado de correos 505. León - 24080 - ESPAÑA.
  • A través de la aplicación web, pero tenga en cuenta que no es posible utilizar esta vía si:
    • El conductor infractor no reside en España.
    • El conductor no es titular del permiso de conducir necesario para conducir el vehículo con el que se cometió la infracción.

En estos casos, deberá hacer la identificación del conductor bien a través del FAX o del correo postal.

Más información y consultas:

Además, si tienes alguna duda, la DGT pone a tu disposición los siguientes canales de comunicación para hacernos cualquier consulta referente a multas de tráfico:

  • Teléfono de información relacionada con multas de tráfico: 0034 987 010 559 con el siguiente horario de atención:
    • Lunes a viernes: 8:00 a.m. a 22:00 p.m.
    • Sábado: 8:00 am - 15:00 pm
  • Número de fax para enviar escritos: 0034 987 842 693
  • Dirección postal para enviar escritos: CTDA - CENTRO DE TRATAMIENTO DE DENUNCIAS AUTOMATIZADAS. Apartado de Correos 505. CP 24080 - LEON, ESPAÑA

El pago multas es un trámite gratuito. No te cobraremos ningún sobrecoste ni comisiones a la hora de efectuar el pago del importe de tu multa.

No obstante, si realizas el pago en una oficina de Correos, tendrás que abonar una tasa adicional de 2,25 euros más el 1,50% de la cuantía de la multa.

  • Código SIA. 202324.
  • Normativa reguladora:

¿Cómo puedo obtener un duplicado del recibo del pago de una multa?

Para obtener el duplicado del recibo de un pago debes acceder a la aplicación de pago de multas con tu certificado, dónde podrás solicitar un duplicado del recibo del pago en el apartado "Consultas". 


¿Puede pagar una persona una multa por mí?

Si, tanto si la infracción la has cometido tú, o atañe a tu vehículo, cualquier persona puede hacer el pago de dicha multa. Lo más importante es incluir correctamente el número de expediente y la fecha de la notificación. En esta imagen te explicamos dónde se encuentra. Ayuda


Si accedo al servicio con identificación con cl@ve me muestra todas las multas que tengo pendientes. Pero no veo las más recientes ¿Qué puede estar pasando?

Desde que te sanciona un agente de la autoridad, a través de un radar, o por cualquier otra vía, transcurren unos días hasta que disponemos de toda la información del expediente en Tráfico.

Si haces esta consulta a través de nuestro servicio online, puede suceder que aún no tengamos todos los antecedentes de dicha multa.

No obstante, puedes pagar la multa introduciendo tus datos y los de la sanción, y el pago quedará debidamente registrado, y el descuento aplicado, si la pagas durante los siguientes 20 días naturales.


¿Puedo pagar más de una multa en un solo pago?

Sí, puedes hacerlo si accedes a nuestra nueva aplicación. Puedes ir acumulando tantas multas como desees, y te aplicaremos el descuento apropiado a cada una de ellas.

Realizaremos un solo cargo en tu tarjeta con la suma de las cuantías.


Se ha producido una anomalía en el momento del pago ¿Qué puedo hacer?

Si se produce alguna anomalía cuando realizas el pago de una o varias multas, puedes consultar en nuestro servicio de pago online la situación en la que se encuentra el expediente.

Si intentas pagar de nuevo, te informamos si ya ha sido pagada total o parcialmente.

Después de cada pago, te enviamos un correo confirmándote la correcta finalización de éste, y te remitimos el justificante de la operación.


Me he confundido y he pagado una multa indebidamente. ¿Puedo reclamar la devolución o anulación del pago?

Efectivamente, si crees que has podido pagar una cuantía mayor a la real, o bien has podido pagar por duplicado una multa, puedes solicitar en Tráfico que te devuelvan la cuantía indebida.

Si has detectado alguna anomalía en el pago de la multa a posteriori, tendrás que solicitar la devolución del pago de la multa.

Puedes hacerlo tú mismo o tu representante.

Acceso al servicio

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