Comunicación del conductor habitual para empresas
Acceso al servicio
La Dirección General de Tráfico dispone de un sistema informático que permite a empresas de alquiler o con grandes flotas de vehículos que conducen de manera fija sus empleados, comunicar de manera on-line quienes son los conductores habituales de sus vehículos, quedando está información registrada por parte de la DGT.
De esta manera las Administraciones, y siempre que el conductor habitual esté informado y dé su consentimiento, se dirigirán directamente y como primera opción al usuario habitual del vehículo y no a la empresa titular, evitando practicar notificaciones innecesarias y facilitando la gestión interna de la empresa.
Por tanto, el titular del vehículo deberá disponer del consentimiento expreso del conductor habitual para proceder a su inscripción.
- El documento en el que conste el consentimiento se custodiará por el titular o el arrendatario, y se deberá entregar siempre que le sea requerido por la Administración.
- Para la prestación de este consentimiento puedes utilizar el modelo de declaración responsable del consentimiento como conductor habitual.
De la misma manera que se notifican las altas de un conductor habitual, una vez finalizado o a punto de finalizar el uso del vehículo por parte del conductor habitual, se deberá informar de la hora y fecha de fin de la utilización del vehículo.
El servicio de comunicación de conductor habitual para empresas está dirigido a empresas de alquiler y empresas con grandes flotas de vehículos que conducen de manera fija sus empleados. La notificación del conductor habitual de un vehículo debe hacerla el titular del vehículo o cualquier persona autorizada en su nombre.
Este servicio no está pensado para empresas de sharing ni para empresas en las que la flota de vehículos no tienen un conductor fijo asignado y que pueden ser conducidos habitualmente por distintos conductores. En estos casos, la gestión y registro de los conductores deberá hacerla la propia empresa internamente por si fuera necesario informar a la DGT de quién conducía el vehículo en un momento determinado.
Para realizar la autorización a otra persona que actúe en tu representación o bien delegar esta comunicación a empresas especializadas en estos servicios, puedes hacer uso de nuestro Registro de apoderamientos.
El servicio de comunicación de conductores habituales o arrendatarios para empresas ofrece las siguientes operaciones, disponibles tanto en aplicación web como a través del servicio web:
- Alta de un nuevo conductor habitual. Permite de dar de alta un conductor habitual para un vehículo en un determinado intervalo de fechas. En el caso de anotar un conductor habitual en un vehículo en el que ya constaba otro conductor habitual, automáticamente se anotará la fecha fin del anterior conductor habitual.
- Anotar la fecha de finalización o baja de un conductor habitual. Permite comunicar una nueva fecha de fin del actual conductor habitual o arrendatario de un vehículo.
En cualquier momento puedes comunicar el conductor habitual de un vehículo a la DGT. Puedes hacerlo siempre que se cumpla un periodo mínimo en el que el conductor vaya a ser quién lleve el vehículo:
- En general cuando el conductor vaya a utilizar el vehículo por períodos continuados superiores a 30 días.
- En el caso de vehículos destinados al alquiler sin conductor, el plazo mínimo para poder anotar el conductor habitual será de 3 días.
Actualmente existen dos maneras alternativas de integrarse con el sistema de comunicación de conductores habituales o arrendatarios de vehículos para empresas:
- A través de Aplicación WEB – Con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve. La notificación del conductor habitual debe hacerla el titular del vehículo o cualquier persona autorizada en su nombre. Esta vía está pensada para empresas con una flota pequeña o que necesita realizar pocas notificaciones de arrendatarios o conductores habituales. No es necesario ningún trámite previo ni solicitar alta alguna y se puede utlizar en todo momento.
- Integrándose a través de los Web Services que provee la DGT a los usuarios del sistema. Esta alternativa requiere por parte de los usuarios que desarrollen su propio aplicativo de gestión y envíe las peticiones a la DGT haciendo llamadas a través de los WS, automatizando el envío de notificaciones. Por eso solo es interesante para empresas con grandes flotas que necesiten dar de alta y baja gran cantidad de conductores habituales constantemente. Además se debe tener instalado en el repositorio de confianza del servidor usado en la integración la clave pública actualizada de nuestros certificados electrónicos de nuestros dominios TRAFICO o SEDE según corresponda. Puedes obtener más información en el Welcome Pack de la aplicación.
Las empresas interesadas en integrarse con este servicio a través de su modalidad de Web Service - recuerda que para el uso de la apliación no es necesario ningún tipo de integración previa, puedes hacer uso directamente del servicio - podrán contactar con la DGT a través del buzón soportecau@dgt.es. Para poder ser atendido, dicho correo debe estar estructurado de la siguiente manera:
- En el asunto deberá indicar: "Apertura de Incidencia Automática Aplicación / Desarrollo".
- El cuerpo del mensaje debe ser:
- Servicio/Aplicación: CAYC
- Tipo: Error Funcional
- Descripción: Descripción detallada de la solicitud. Se deberá indicar que se solicita el alta de la entidad en el servicio de comunicación de arrendatario, así como el tipo de integración solicitada (aplicación web o servicio web). Deberá constar en la solicitud al menos el CIF, razón social y domicilio social de la empresa de renting, y en su caso el CIF, razón social y domicilio social de la entidad que va a desarrollar la integración con el servicio.
Una vez la DGT reciba la solicitud de integración con el servicio a través del canal anteriormente indicado, nos pondremos en contacto con la empresa solicitante para guiarles por los diferentes pasos.
Como es habitual, en primer lugar se realizará una integración contra el entorno de pruebas de la DGT para finalmente acceder al entorno de producción cuando todas las pruebas hayan resultado satisfactorias.
Durante el proceso de integración le suministraremos todos los datos necesarios para poder acceder al servicio.
Para saber más y ver ejemplos de altas e incidencias, tienes acceso a una guía completa.
- En el caso de que necesites ayuda para acceder a través de la apliación WEB, tienes un documento de configuración y uso de la aplicación en los distintos navegadores, así como ayuda para su acceso a través de cl@ve.
- Si incidencia o necesidad de soporte relacionado con el acceso a través de Web Service, debes escribir un correo electrónico a soportecau@dgt.es. Para poder ser atendido, dicho correo debe estar estructurado de la siguiente manera:
- En el asunto deberá indicar: "Apertura de Incidencia Automática Aplicación / Desarrollo". El cuerpo del mensaje debe ser:
- Servicio/Aplicación: CAYC
- Tipo: Escoger uno de los siguientes según corresponda:
- Pérdida de Servicio – El sistema no está respondiendo a la solicitud enviada.
- Error Acceso – Si pese a estar dado de alta no puedes acceder al servicio
- Error Funcional – Si bien funciona, el sistema no devuelve lo que debería devolver.
- Descripción: Descripción detallada de la incidencia.
- En el asunto deberá indicar: "Apertura de Incidencia Automática Aplicación / Desarrollo". El cuerpo del mensaje debe ser:
Para saber más y ver ejemplos de altas e incidencias, tienes acceso a una guía completa.
La integración y uso del sistema comunicación de conductor habitual para empresas es un trámite gratuito.
- Orden INT/3215/2010, de 3 de diciembre, por la que se regula la comunicación del conductor habitual y del arrendatario a largo plazo al Registro de Vehículos.
¿Existe un periodo mínimo de arrendamiento del vehículo para la comunicación del conductor habitual?
Sí, el plazo mínimo de uso del vehículo para poder anotar el conductor habitual, será de 30 días.
En el caso de vehículos destinados al servicio de alquiler sin conductor que hayan sido informados al Registro de General de Vehículos, el plazo mínimo para poder anotar el conductor habitual será de 3 días.
¿Quién puede realizar la comunicación del conductor habitual?
La empresa titular del vehículo, su representante, o la empresa especializada en estos servicios en la que se haya delegado la gestión.
¿Quién puede modificar la duración de una comunicación del conductor habitual ya realizada?
Además de los titulares, podrán modificar la duración de la comunicación inicialmente realizada, los propios conductores habituales ya anotados.
¿Es necesario informar la baja del conductor habitual?
Si. Una vez finalizado o a punto de finalizar el uso del vehículo por parte del arrendatario, se deberá informar para su inscripción la baja del mismo, debiéndose hacer constar la hora y fecha de fin del arrendamiento.
¿Qué condiciones debe cumplir el conductor habitual?
El conductor habitual de un determinado vehículo debe disponer del permiso de conducir en vigor y adecuado para la conducción de dicho vehículo.
¿Qué garantías de seguridad ofrece el servicio web en la transmisión de los datos?
El servicio se basa en una comunicación cifrada sobre SSL y hace uso del estándar WS-Security (Seguridad en Servicios Web), lo que ofrece un medio seguro en la comunicación con los sistemas de la DGT.
Para poder invocar al servicio es necesario disponer de un certificado electrónico emitido por una Autoridad de Certificación admitida por @firma y éste debe estar a nombre de un usuario previamente autorizado en el sistema.
Más información sobre seguridad en el manual de usuario suministrado en el Welcome Pack.
¿Cómo es el proceso de integración con el servicio web?
Una vez la DGT reciba la solicitud de integración con el servicio a través del canal anteriormente indicado, nos pondremos en contacto con la empresa solicitante para guiarles por los diferentes pasos.
Como es habitual, en primer lugar se realizará una integración contra el entorno de pruebas de la DGT para finalmente acceder al entorno de producción cuando todas las pruebas hayan resultado satisfactorias.