Matriculación de vehículos nuevos y vehículos provenientes del extranjero
Acceso al servicio
Antes de circular con cualquier vehículo que hayas adquirido, ya sea nuevo o comprado del extranjero (nuevo o usado), deberás matricularlo.
La matriculación de un vehículo es un requisito previo a que puedas circular con él por las vías públicas. Debes matricular y colocar las placas de matrícula antes de poder circular con cualquier vehículo a motor, así como remolques y semirremolques de masa máxima autorizada superior a 750 kilogramos.
- Una vez realizado el trámite de matriculación, te entregaremos el número de matrícula y el Permiso de circulación Ayuda del vehículo.
- Con esta documentación podrás adquirir tus placas de matrículas.
- Si el vehículo que pretendes matricular es un vehículo histórico, o si lo que necesitas son unas matrículas temporales para circular con un vehículo mientras gestionas la matriculación definitiva del mismo, el trámite a realizar es distinto a la matriculación ordinaria.
- Solicitud rellena en impreso oficial.
- Tarjeta de ITV electrónica (NIVE) Ayuda o tarjeta de ITV en formato papel Ayuda con la diligencia de venta o, en su defecto, factura o acta de adjudicación si procede de subasta.
- Justificante de haber realizado el pago de la tasa de matriculación correspondiente de la DGT o resguardo de la misma. En caso de realizar el trámite en nuestras oficinas, podrás realizar el pago de la tasa en el momento de realizar el trámite abonando la tasa con tarjeta, nunca en efectivo.
- Justificantes de haber satisfecho previamente los impuestos necesarios para realizar el trámite en tráfico:
- Justificante del pago o exención del Impuesto de Circulación del Ayuntamiento donde tengas tu domicilio.
- Justificante del pago/exención/no sujeción del Impuesto de Matriculación (modelo 576, 06 o 05 de la Agencia Estatal Tributaria o, en el caso de País Vasco y Navarra, en su Hacienda Foral correspondiente), excepto en el caso de remolques.
Además de la documentación general, deberás aportar la siguiente documentación en función de si el vehículo es nuevo o usado y de dónde proceda:
a) Vehículos nuevos (no matriculados anteriormente):
- Adquiridos en la Unión Europea e Irlanda del Norte:
- Justificante del pago del IVA (modelo 309 o 300 de la Agencia Estatal Tributaria) o acreditar estar incluido en el censo de sujetos pasivos del IVA
- Ficha técnica expedida por la ITV.
- Adquiridos en países fuera de la UE:
- Documento Único Administrativo (DUA) expedido por la Aduana, salvo que en la tarjeta de ITV conste la diligencia de importación del vehículo.
- Ficha técnica expedida por la ITV.
b) Vehículos usados:
- Adquiridos en la UE e Irlanda del Norte:
- Documentación original del vehículo.
- Ficha técnica expedida por la ITV.
- Documento que justifique el pago correspondiente en hacienda:
- Si se trata de venta entre particulares, contrato de compraventa acompañada de traducción e Impuesto de Trasmisiones Patrimoniales.
- Si el vehículo adquieres a un compraventa de país distinto de España, se tienes que aportar factura en la que figure el número de IVA.
- Si el vehículo lo adquieres a un compraventa español, se aportará factura y documento expedido por Hacienda, justificativo de estar dado de alta en esa actividad durante el ejercicio correspondiente.
- Adquiridos en países fuera de la UE:
- Documentación original del vehículo.
- Documento Único Administrativo (DUA) expedido por la Aduana, salvo que en la tarjeta de ITV conste la diligencia de importación del vehículo.
Los vehículos, nuevos o usados, procedentes de Reino Unido, salvo Irlanda del Norte, importados con posterioridad al 1 de enero de 2021 deberán cumplir los requisitos aplicables a vehículos adquiridos fuera de la UE. En el caso de que el vehículo tenga la condición de estatuto de la UE, serán aplicables los requisitos requiridos para vehículos adquiridos en la UE siempre y cuando se presente el certificado emitido por la AEAT que acredite esta condición.
Además de la documentación general, deberás aportar la siguiente documentación para los supuestos especiales siguientes:
- Vehículos agrícolas: En los casos en los que se trate de un vehículo especial agrícola, previo a la matriculación en la DGT, es necesario realizar la inscripción del vehículo en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola (ROMA). Dicho registro es autonómico, por lo que debes informarte en tu Comunidad Autónoma de las condiciones y pasos para realizar dicha comunicación. Una vez realizado el alta en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola (ROMA), deberás incluir en tu solicitud el documento acreditativo de haber comunicado previamente el cambio en el registro ROMA, salvo acreditación telemática en el Registro de Vehículos de la DGT.
- Autobuses o vehículos de transporte de mercancías con una MMA (Masa Máxima Autorizada) superior a 6 toneladas y una carga que exceda de 3,5 toneladas: certificado de autorización de transportes, salvo acreditación telemática en el Registro de Vehículos de la DGT.
Although the usual thing is that the management of the registration of a vehicle is carried out by the dealer where you have purchased it or by a manager, you can do it yourself:
1. In person, delivering all the documentation at any Headquarters or local Traffic Office . In this case, you need to request an appointment online or by calling 060. Remember that face-to-face service at our offices is reserved for individuals and their representatives. Companies and other legal persons, as well as their representatives, must carry out their procedures electronically.
You must go with your original and valid documentation to prove your identity : Official document that proves your identity and address (ID, Spanish driving license, residence card, passport plus Foreigner Identification Number). In the case of minors or disabled: data and signature of the father, mother or guardian, their ID and document proving the concept.
2. Online, through the Electronic Registry . You must have a valid electronic ID or electronic certificate or your cl@ve credentials to access the registry. In addition, since the presentation of your writing must be signed, it is important that you verify that you have downloaded the AutoFirma program before registering . You have a service that verifies that your equipment meets the requirements to carry out the procedures electronically.
You can follow the instructions below:
- Purchase and download the receipt for the corresponding fee.
- Fill in the information of your request in our Electronic Registry :
- Identify and fill in the data of the interested party, select your nearest Headquarters or local Traffic Office as the "Recipient Agency".
- Cumplimenta el apartado “Asunto” con el texto: Matriculación de vehículo, seguido del número de bastidor del vehículo.
- Finalmente, pulsa “Añadir documento” en la sección de “Documentos anexos” y adjuntando:
- Solicitud rellena en impreso oficial.
- Los demás documentos descritos anteriormente, aportando para los supuestos especiales la documentación adicional exigida.
- Si el trámite lo va a presentar un representante en tu nombre, deberás haber autorizado previamente la representación a través de nuestro Registro de apoderamientos. Tu representante, a la hora de identificarse en el registro para presentar la solicitud, debe indicar esta circunstancia marcando en el desplegable '¿Quién presenta el trámite?' la opción 'Representante', y rellenando posteriormente en el formulario tanto sus datos (representante) como los tuyos (representado).
- Registra tu solicitud y conserva el justificante.
- Finalización el trámite. Una vez recibida y tramitada tu solicitud te enviaremos el Permiso de Circulación de tu vehículo a casa. En el caso de que tu vehículo no disponga de Ficha Técnica Electrónica eITV te avisaremos para que acudas a tu Jefatura u Oficina de Tráfico a entregar la ficha técnica y finalizar el trámite.
A la hora de presentar tu solicitud por registro debes tener en cuenta:
- La presentación por registro de una solicitud no es un trámite automático. Atenderemos tu solicitud en el menor plazo posible, pero no nos es posible garantizar un plazo. En el momento en que tramitemos tu solicitud te avisaremos para que acudas a tu Oficina o Jefatura de Tráfico a entregar la ficha técnica del vehículo si ésta no es electrónica y finalizar el trámite. En otro caso te enviaremos a tu correo postal la documentación del vehículo ya matriculado.
- A la hora de realizar el trámite se tendrá en cuenta la fecha en la que fue presentada la solicitud. No olvides conservar el justificante de presentación.
- Antes de adjuntar tus documentos digitales, verificar que éstos son fácilmente legibles y que se encuentran digitalizados con una buena calidad. Si no podemos leer claramente la documentación que nos envíes, no podremos atender tu solicitud.
- Para tramitar la matriculación de un vehículo (excepto ciclomotores) tienes que adquirir la tasa 1.1 de 99,77 euros
- Para el caso de ciclomotores, tendrás que comprar ${tasa1.2}
Tienes varios medios para pagar tu tasa:
- Si vas a realizar la solicitud del trámite por internet a través del Registro, deberás pagar la tasa previamente a través de cualquiera de los canales disponibles e incluir el justificante de pago en ella.
- En caso de realizar el trámite presencialmente podrás pagar la tasa en nuestras oficinas en el momento de realizarlo, usando cualquier tarjeta de débito o crédito, nunca en metálico, o aplicar una tasa comprada previamente en alguno de los canales habilitados para ello.
La matriculación de un vehículo debe hacerla el comprador-titular o cualquier persona autorizada en su nombre.
Para realizar la autorización a otra persona que actúe en tu representación, puedes designar un representante a través de nuestro Registro de apoderamientos.
También, en caso de realizar el trámite de manera presencial, puede personarse siempre que disponga de un documento firmado por el interesado donde le autorice a realizar la solicitud, y donde exprese su carácter gratuito. Para ello descarga y rellena el modelo de autorización de la DGT “Otorgamiento de representación”.
Si el trámite lo va a realizar otra persona en su nombre, en el momento de solicitar la cita previa en el 060, se debe indicar el DNI del interesado y también el de la persona autorizada.
El plazo máximo fijado para realizar el procedimiento de matriculación por parte de la DGT es de 3 meses. Si no obtienes respuesta en este plazo es que el trámite no se ha realizado, considerándose el silencio administrativo como negativo.
- Ways of reparation or appeal of the procedure: The Appeal against the administrative resolutions of registration will be made through the presentation of an appeal before the General Director of Traffic .
- SIA code . 202344.
- Regulatory regulations:
- Article 28 of the General Vehicle Regulations .
- Royal Decree 1013/2009, of June 19 , on characterization and registration of agricultural machinery.
- Articles 121 and 124 of Law 39/2015 of October 1 , of the Common Administrative Procedure of Public Administrations, in which the means of reparation or appeal of the procedure are defined.
- Articles 21 and 24 of Law 39/2015 of October 1 , of the Common Administrative Procedure of Public Administrations, which indicates the rule regarding the lack of response from the competent authority and its legal consequences for users, including the provisions of tacit approval or administrative silence.
- Twenty-ninth additional provision of Law 14/2000, of December 29 , on Fiscal, Administrative and Social Order Measures, which indicates the rule relating to the lack of response from the competent authority and its legal consequences for users, including the provisions of tacit approval or administrative silence.
¿Puedo conducir mi vehículo mientras se tramita la matriculación?
No se puede conducir sin documentación ni placas, por lo que si quieres usar tu vehículo mientras gestionas la matriculación, puedes solicitar unas placas temporales (verdes)
¿Qué vehículos puedo matricular en tráfico?
Vehículos a motor o remolques que usen cualquier tipo de vía pública, por lo que quedan fuera de nuestro ámbito la matriculación de embarcaciones náuticas, aeronaves o cualquier otro vehículo que no haga uso para su desplazamiento de las vías públicas.
¿Qué vehículos no son necesarios matricular?
Como regla general se debe matricular cualquier vehículo a motor, así como remolques y semirremolques. Quedan excluidos los remolques y semiremolques de masa máxima autorizada superior a 750 kilogramos.
También están exentos de matriculación los vehículos de movilidad personal (VMP)
¿Dónde consigo mis placas de matrícula?
Una vez hayas realizado la matriculación deberás dirigirte a un centro autorizado de expedición de placas de matrícula con la documentación original del vehículo que te hemos facilitado previamente, no son válidas las fotocopias.
Además, por temas de seguridad, te solicitarán el DNI, nombre, apellidos y dirección.
¿Puedo colocar una placa de matrícula de tamaño reducida en mi vehículo?
Únicamente se puede poner si el coche está homologado de fábrica para España con dichas placas. Si cuando lo compraste venía con las matrículas de tamaño estándar, no las podrás cambiar.