Los Centros de Reconocimiento de Conductores – CRC - son centros autorizados para la expedición de Certificados de aptitud física, mental y de coordinación necesarios para obtener o renovar tu permiso de conducir. En dichos centros se realizan las pruebas tanto psicológica, visual, auditiva como el examen médico general.

Para poder abrir un centro CRC debes obtener previamente la autorización por parte de comunidad autónoma de que el centro cumple con los requisitos previos para un centro CRC e inscribirlo en el registro sanitario correspondiente, por lo que es importante que te informes antes de nada en la delegación o conserjería de salud de tu comunidad. En nuestras jefaturas y a través de registro, puedes realizar trámites de aperturas, modificación y cierre de Centros de Reconocimiento de Conductores, así como de personal o cualquier modificación o anotación de cualquier clase.

La DGT provee, además, de un sistema que permite el envío de informes médicos Aptos, informes médicos No-Aptos, así como la tramitación de permisos de conducir y la rectificación de incidencias de foto/firma.

Si tu intención es abrir, realizar un cambio de titularidad o cerrar un CRC, necesitas la autorización por parte de la Jefatura u Oficina de Tráfico donde se vaya a abrir el centro.

Si vas a incorporar o vas dar de baja a personal de tu centro de reconocimiento (tanto directores como facultativos), deberás notificarlo a tu Jefatura u Oficina de Tráfico para que quede registrarlo.

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