Eventos deportivos y calendario
Requieren autorización todas las competiciones deportivas organizadas (rallys, pruebas ciclistas, carreras…) sin importar el número mínimo de participantes y marchas ciclistas con más de 50 participantes que incluyan en su itinerario, aunque solo sea para cruzarlas, tramos de vías diseñadas y construidas específicamente para la circulación de vehículos a motor.
Existe un calendario de eventos deportivos común que permite organizar y gestionar la celebración de eventos deportivos. En caso de existir conflicto de fechas de eventos, tendrán preferencia los inscritos en el calendario de eventos.
El calendario de eventos deportivos es la previsión de pruebas deportivas y marchas ciclistas a celebrar anualmente total o parcialmente en vías y terrenos de uso público cuya ordenación, gestión, control y vigilancia corresponda a la Jefatura Central de Tráfico (DGT) y Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil (ATGC).
El calendario será elaborado a partir de la comunicación voluntaria de los organizadores de las pruebas o marchas federadas o no.
La comunicación previa de celebración de una actividad y su inclusión en el calendario de eventos deportivos, no implica, en ningún caso, su inmediata autorización. El organizador de una prueba deportiva o marcha ciclista, una vez comunicada la actividad para el calendario y aceptada, deberá, posteriormente, solicitar su autorización con al menos un mes de antelación a la fecha de celebración de la misma.
Recuerda que en caso de existir conflicto de fechas de eventos, tendrán preferencia los inscritos en el calendario de eventos.
En el caso de organizar un evento deportivo (rallys, pruebas ciclistas, carreras…) sin importar el número mínimo de participantes y marchas ciclistas con más de 50 participantes que incluyan en su itinerario, aunque solo sea para cruzarlas, tramos de vías diseñadas y construidas específicamente para la circulación de vehículos a motor necesitará realizar una solicitud previa para la celebración del evento.
La Dirección General de Tráfico será la encargada de dar dicha autorización de todos aquellos eventos deportivos cuyo itinerario discurra por más de una comunidad autónoma y utilicen algún tramo de carreteras interurbanas o travesías, aunque solo se trate de un cruce.
El resto de eventos deportivos serán autorizados por los municipios si el itinerario no excede del casco urbano o comunidad autónoma si utiliza carreteras interurbanas, sin perjuicio de las delegaciones hechas para que autoricen otras autoridades regionales o locales.