Apertura, modificación y cierre de Centros de Reconocimiento de Conductores - CRCs
Acceso al servicio
Si tu intención es abrir, realizar un cambio de titularidad o cerrar un Centro de Reconocimiento de Conductores (CRC) necesitas la autorización por parte de la Jefatura u Oficina de Tráfico donde se vaya a abrir el centro.
Antes de acudir a nuestras oficinas, debes obtener la autorización por parte de comunidad autónoma de que el centro cumple con los requisitos materiales para abrir un centro CRC e inscribir tu centro el registro sanitario correspondiente como centro de reconocimiento. Estos requisitos deben ser verificados por la comunidad autónoma dónde vaya a establecerse el centro, por lo que es importante que te informes sobre este aspecto en la delegación o conserjería de salud de tu comunidad.
Una vez obtenida las autorizaciones sanitarias pertinentes, e inscrito el centro en el registro sanitario correspondiente como centro de reconocimiento, podrás realizar la solicitud de apertura del CRC en tu Jefatura u Oficina de Tráfico.
Enviaremos entonces personal para la inspección del centro y si está todo correcto, procederemos a realizar el alta de tu centro, indicándote el número de registro provincial asignado.
Un Centro de Reconocimiento de Conductores (CRC) deberá constar para su apertura de unos determinados elementos personales y materiales:
- En lo relativo a los elementos personales: deberá disponer además del titular, al menos, de un director. Si dicho director fuera facultativo, no hace falta nada más. Si no lo fuera, es necesario incluir un suplente que sí lo sea.
- Referente a elementos materiales: como ya hemos mencionado, es competencia realizar la inspección previa para obtener las autorizaciones sanitarias pertinentes.
Cada centro CRC es independiente, no hay secciones ni sedes. De manera que si ya tienes uno y quieres abrir uno nuevo, éste debe de cumplir con todos los requisitos y se debe realizar el alta de manera habitual.
Recuerda que cualquier modificación debe ser comunicada a la delegación o consejería de salud de tu comunidad autónoma.
1. Para el alta de un Centro de Reconocimiento de Conductores (CRC) necesitarás aportar la siguiente documentación:
- Solicitud rellena en impreso oficial, cumplimentando todos los campos de la misma donde se indican: denominación, datos etc.
- Número de tasa o resguardo de haber abonado las tasas correspondientes: la tasa 3.1 de 441,91 €
- Fotocopia de las autorizaciones sanitarias en vigor de instalación y funcionamiento como centro de reconocimiento otorgadas por la autoridad sanitaria competente.
- Fotocopia del Certificado de inscripción en el registro sanitario correspondiente como centro de reconocimiento.
- Relación del personal autorizado por la autoridad sanitaria competente.
- Debes indicar el nombre, apellidos, número del DNI o NIE y nacionalidad de cada facultativo y acompañar el documento acreditativo del registro de firmas de cada uno de ellos visado por los Colegios profesionales correspondientes.
- Declaraciones por escrito del titular, del director, del director facultativo, así como de los facultativos de no estar incursos en las incompatibilidades establecidas en el artículo 8 del Reglamento de Centros de Reconocimiento (RD 170/2010).
En los casos en los que los servicios de oftalmología lo vaya a prestar una clínica externa y se vaya a prescindir de oftalmólogo, se deberá aportar además:
- Contrato con la clínica oftalmológica.
- Autorización de la clínica oftalmológica como centro sanitario otorgada por la autoridad sanitaria competente.
2. Para la baja de un Centro de Reconocimiento de Conductores (CRC), necesitarás la siguiente documentación:
- Solicitud rellena en impreso oficial, firmada por el titular del centro.
- Número de tasa o resguardo de haber abonado la tasa 4.1 de 8,67 €
Recuerda que en caso de querer una baja temporal de un Centro de Reconocimiento de Conductores (CRC) deberás indicarlo en la solicitud teniendo en cuenta que la suspensión de actividades durante más de un año del centro dará lugar a la extinción de la autorización del mismo.
3. Para realizar un cambio de titularidad tienes que realizar la baja del centro CRC. Posteriormente deberás de volver a realizar el alta con los datos del nuevo titular.
4. Si lo que quieres es realizar un cambio de horario o realizar cualquier tipo de anotación, simplemente deberá entregar la solicitud rellena en impreso oficial, firmada por el titular del centro y abonar la tasa 4.1 de 8,67 €
Recuerda que cualquier modificación debe ser comunicada a la delegación o consejería de salud de tu comunidad autónoma.
1. Presencialmente, entregando toda la documentación en cualquier Jefatura u Oficina de Tráfico. Consulta en tu Jefatura u oficina el horario de atención a Centros de Reconocimiento de Conductores.
2. Por internet, a través del Registro Electrónico. Debes disponer de DNI electrónico o certificado electrónico en vigor o tus credenciales de cl@ve para acceder al registro. Para realizar la solicitud puedes seguir las siguientes instrucciones:
- Compra y descarga el justificante de la tasa correspondiente.
- Rellena los datos de tu solicitud en nuestro Registro Electrónico:
- Identifica y cumplimenta los datos del interesado, selecciona como “Organismo destinatario” tu Jefatura u Oficina local de Tráfico más cercana.
- Cumplimenta el apartado “Asunto” indicando la operativa a realizar seguido del nombre del CRC.
- Finalmente, pulsa “Añadir documento” en la sección de “Documentos anexos” y adjuntando:
- Impreso de solicitud firmado DIGITALMENTE con certificado válido por el titular del centro.
- Acreditar debidamente la representación
- Número de tasa o resguardo de la misma.
- Los demás documentos descritos anteriormente, aportando para los supuestos especiales la documentación adicional exigida.
- Si el trámite lo va a presentar un representante en tu nombre, deberás haber autorizado previamente la representación a través de nuestro Registro de apoderamientos. Tu representante, a la hora de identificarse en el registro para presentar la solicitud, debe indicar esta circunstancia marcando en el desplegable '¿Quién presenta el trámite?' la opción 'Representante', y rellenando posteriormente en el formulario tanto sus datos (representante) como los tuyos (representado).
- Registra tu solicitud y conserva el justificante.
Siempre que presentes tu solicitud por registro, debes tener en cuenta:
- La presentación por registro de una solicitud no es un trámite automático. Atenderemos tu solicitud en el menor plazo posible, pero no nos es posible garantizar un plazo. En el momento en que tramitemos tu solicitud te enviaremos un correo electrónico confirmándote que ya ha sido realizado.
- A la hora de realizar el trámite se tendrá en cuenta la fecha en la que fue presentada la solicitud. No olvides conservar el justificante de presentación.
- Antes de adjuntar tus documentos digitales, verificar que éstos son fácilmente legibles y que se encuentran digitalizados con una buena calidad. Si no podemos leer claramente la documentación que nos envíes, no podremos atender tu solicitud.
- Para tramitar el alta del Centro de Reconocimiento de Conductores, tienes que abonar la tasa 3.1 de 441,91 €
- Para la baja de un Centro de Reconocimiento de Conductores, hay abonar la tasa 4.1 de 8,67 €
- Para realizar un cambio de titularidad tienes que abonar para la baja la tasa 4.1 de 8,67 €
- Además en concepto de alta de los nuevos datos la tasa 3.1 de 441,91 €
- Para cambios de horarios o anotaciones de cualquier tipo la tasa 4.1 de 8,67 €
Tienes varios medios para pagar tu tasa:
- Si vas a realizar la solicitud del trámite por internet a través del Registro, deberás pagar la tasa previamente a través de cualquiera de los canales disponibles e incluir el justificante de pago en ella.
- En caso de realizar el trámite presencialmente podrás pagar la tasa en nuestras oficinas en el momento de realizarlo, usando cualquier tarjeta de débito o crédito, nunca en metálico, o aplicar una tasa comprada previamente en alguno de los canales habilitados para ello.
El titular del Centro de Reconocimiento de Conductores o cualquier persona autorizada en su nombre.
Para realizar la autorización a otra persona que actúe en tu representación, puedes designar un representante a través de nuestro Registro de apoderamientos.
También puede personarse siempre que disponga de un documento firmado por el interesado donde le autorice a realizar la solicitud, y donde exprese su carácter gratuito. Para ello descarga y rellena el modelo de autorización de la DGT “Otorgamiento de representación”.
Si el trámite lo va a realizar otra persona en su nombre, en el momento de solicitar la cita previa en el 060, se debe indicar el DNI del interesado y también el de la persona autorizada.
- Código SIA. 202354.
- Normativa reguladora:
¿Debo hacer algo antes de ir a tráfico a solicitar el alta de un centro CRC?
Si, antes debes obtener la autorización por parte de comunidad autónoma de que el centro cumple con los requisitos materiales para abrir un centro CRC e inscribir tu centro el registro sanitario correspondiente como centro de reconocimiento, por lo que antes de ir a nuestras instalaciones habla con tu comunidad autónoma.
¿Realiza la DGT una inspección previa a darme el alta además de la que realiza la CCAA?
Sí, además de la inspección que la CCAA haga de los recursos materiales, enviaremos a personal de la DGT para revisar las instalaciones del centro.
¿Tengo que tener un facultativo en exclusiva?
No. En el CRC sí que debe haber un facultativo, pero si el director del centro fuera facultativo y estuviera acreditado, no hace falta incluir más personal. Si no lo fuera, sí que sería necesario incluir un suplente facultativo.