convocatoria de subvenciones a entidades de víctimas de accidentes de tráfico 2022
Acceso al servicio
¿Cómo puedo presentar una solicitud de subvención?
Por internet, a través del registro electrónico del punto de acceso general de la Administración con certificado digital.
¿Cómo puedo saber el estado de mi expediente?
Una vez realizada la solicitud, la forma de practicar notificaciones y comunicaciones relativas a estas subvenciones entre la DGT y los concedentes será a través de la Dirección Electrónica Vial - DEV. Las entidades solicitantes deberán estar dadas de alta en la plataforma para poder ser notificadas.
¿Cuál es el ámbito territorial de los proyectos admisibles?
Pueden ser proyectos de ámbito regional o nacional.
¿Cuál es el número máximo de programas a presentar?
Se establece en cinco el número máximo de programas a presentar por un mismo solicitante
¿Durante qué periodo puedo justificar gastos al proyecto?
La documentación justificativa se presentará en el plazo de un mes desde la finalización del plazo de ejecución de la actividad subvencionada.
¿Cómo puedo justificar los gastos al proyecto?
La justificación de los gastos subvencionados se ajustará a lo dispuesto en el título preliminar de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en el título II del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
Los gastos se justificarán con los originales de las facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa.
Para justificar las retribuciones del personal contratado adscrito al cumplimiento del proyecto subvencionado se aportarán, junto con las nóminas satisfechas al interesado, el documento acreditativo de la transferencia bancaria, los documentos acreditativos de las retenciones e ingresos en la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Los gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención que hayan sido satisfechos por la entidad beneficiaria se justificarán aportando la factura o documento mercantil equivalente con la acreditación del pago.
¿Cómo se calculan las cuantías individualizadas que se asignan a cada proyecto subvencionado?
El importe máximo de previsión de gastos para cada programa presentado no podrá superar los 50.000 €.
Las subvenciones se concederán específicamente a los programas y la cuantía se determinará según la previsión de gastos de los mismos y de modo proporcional a la puntuación obtenida. La cuantía máxima a otorgar a cada programa no podrá ser superior a 30.000 €.
Las cuantías individuales se determinarán mediante la siguiente fórmula:
Importe individual = (Pn/P100) x previsión de gastos del programa.
*Siendo Pn la puntuación obtenida por el programa de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en la disposición 8' de esta resolución y P100 la máxima puntuación posible en la convocatoria.
¿Quién realiza la evaluación de mi proyecto?
La valoración de las solicitudes se efectuará por una comisión de valoración, nombrada por la persona titular de la Dirección General de Tráfico, que estará integrada por los siguientes miembros:
- Una presidencia, que será desempeñada por un subdirector general con destino en la Dirección General de Tráfico.
- Tres vocalías, designadas entre el personal funcionario con destino en la Dirección General de Tráfico, con categoría, al menos, de jefe de área.
- Una secretaría, que actuará con voz y voto, designada entre el personal funcionario.