No queremos hacerte responsable de una sanción si no es tuya. Por ello, si no eras tú quién conducía tu vehículo cuando se cometió la infracción, como titular y responsable del vehículo, puedes identificar al conductor. Por este motivo te mandamos una comunicación donde te pedimos que identifiques al conductor de tu coche en el momento de darse la infracción.

  • En el caso de infracciones leves y graves sin puntos, la identificación del conductor es voluntaria y si pagas la multa se entenderá que eras tú el conductor.

  • En el caso de infracciones graves con puntos o muy graves, la identificación del conductor es obligatoria. Tendrás que identificar al conductor aunque seas tú mismo. En estos casos si no identificas al conductor, se considerará como una infracción muy grave, lo que puede acarrearte la imposición de una multa de cuantía importante, de la que además no podrás beneficiarte de la reducción del 50% por pago dentro del periodo voluntario.

Ten en cuenta que a través de este trámite sólo puedes solicitar la identificación del conductor de multas impuestas por la DGT, por lo que antes de realizar el trámite debes comprobar quién te ha puesto la multa. Recuerda que para pagar, reclamar o poner alguna alegación, debes dirigirte siempre al organismo que te ha sancionado.

La persona titular del vehículo con el que se ha cometido la infracción y que haya recibido el requerimiento por parte de la DGT o cualquier persona autorizada en su nombre.

  • Para realizar la autorización a otra persona que actúe en tu representación, puedes designar un representante a través de nuestro Registro de apoderamientos.
  • También puede personarse siempre que disponga de un documento firmado por el interesado donde le autorice a realizar la solicitud, y donde exprese su carácter gratuito. Para ello descarga y rellena el modelo de autorización de la DGT “Otorgamiento de representación”.
  • Si el trámite lo va a realizar otra persona en su nombre, en el momento de solicitar la cita previa en el 060, se debe indicar el DNI del interesado y también el de la persona autorizada.
  • Recuerda que las empresas o personas jurídicas solo pueden realizar sus trámites de manera online.

Debes completar el nombre, apellidos, DNI, pasaporte o permiso de residencia, y domicilio postal de la persona que conducía tu vehículo. En la comunicación que te enviamos encontrarás una zona en la que puedes completar dichos datos Ayuda

Si la persona a la que identificas tiene un permiso de conducir extranjero que no está inscrito en el Registro de Conductores, debes aportar junto con la identificación una copia del mismo. Si eres empresa de alquiler de vehículos sin conductor, la copia del permiso de conducir la puedes sustituir por la copia del contrato de arrendamiento.

1. Por internet, con o sin identificación previa.

Si eliges esta última vía, te informamos que hay dos supuestos en los que no puedes hacer la identificación por internet:

  • Cuando el conductor no resida en territorio español.
  • Cuando el conductor no tenga el permiso o licencia de conducir adecuada para el vehículo con el que ha cometido la infracción.

En estos casos, tendrás que hacer la identificación por cualquier otro de los medios que tienes disponible.

2. Desde la app miDGT, aplicación para móviles y tablets de la DGT. Puedes consultar esta página para más información y descarga de la aplicación de manera gratuita tanto para Android como iOS.

Para realizar a la identificación del infractor de una multa desde la app, debes ir al menú principal de la aplicación y entrar en el apartado de 'Mis multas' -> 'Pendientes'.

3. Por correo postal, devolviendo el impreso que has recibido, debidamente cumplimentado, a la dirección  de la Jefatura de Tráfico que te aparece en el impreso recibido, o al Centro de Tratamiento de Denuncias Automatizadas.

4. Presencialmente, entregando toda la documentación en cualquier Jefatura u Oficina de Tráfico. En este caso, necesitas solicitar cita previa por internet o llamando al 060. Recuerda que la atención presencial en nuestras oficinas está reservada para particulares y sus representantes. Empresas y otras personas jurídicas, así como sus representantes, deberán realizar sus trámites de manera electrónica.

5. A través del Registro Electrónico General de la AGE. Si la presentación de la alegación o el recurso la va a realizar tu representante, puede utilizar este canal. Para ello, puedes designarla a través de nuestro Registro de apoderamientos.

Si resides en el extranjero y has recibido una multa de tráfico de la DGT puedes optar por pagar la multa, presentar una alegación o recurso o identificar al conductor que conducía el vehículo. La DGT facilita canales adicionales para realizar estos trámites a los extranjeros.

Si no eras tú quién conducía el vehículo en la fecha en que se cometió la falta y quieres identificar al conductor, tienes un plazo de 20 días posteriores a la recepción de la notificación de la multa para comunicarlo por cualquier de los siguientes medios:

1. A través de nuestra aplicación web. Ten en cuenta que no puedes hacer uso de esta vía si:

  • El conductor infractor no reside en España.
  • El conductor no es titular del permiso de conducir necesario para conducir el vehículo con el que se cometió la infracción.

En estos casos, deberás hacer la identificación del conductor a través del FAX o del correo postal.

2. Enviando un documento de respuesta firmado en el que consten los siguientes datos:

  • Número de identificación de la multa.
  • Nombre y apellidos del conductor.
  • Número del permiso de conducir, fecha de emisión y país del conductor.
  • Dirección del conductor.

Este documento podrás remitirlo por cualquier de los siguientes medios:

  • Fax: 0034987842693
  • Correo Postal: CTDA - Apartado de correos 505. León - 24080 - ESPAÑA.


Información y consultas:

Si tienes alguna duda, la DGT pone a tu disposición los siguientes canales de comunicación para hacernos cualquier consulta referente a multas de tráfico:

  • Teléfono de información relacionada con multas de tráfico: 0034 987 010 559 con el siguiente horario de atención:
    • Lunes a viernes: 8:00 a.m. a 22:00 p.m.
    • Sábado: 8:00 am - 15:00 pm
  • Número de fax para enviar escritos: 0034 987 842 693
  • Dirección postal para enviar escritos: CTDA - CENTRO DE TRATAMIENTO DE DENUNCIAS AUTOMATIZADAS. Apartado de Correos 505. CP 24080 - LEON, ESPAÑA

Tienes de plazo 20 días naturales, contados desde el día siguiente al que te haya llegado la comunicación con el requerimiento. En caso de que no hayas recibido dicha comunicación, dispondrás de otros 20 días naturales empieza a contar desde el día siguiente a su publicación en el Tablón Edictal Único.

La identificación del conductor es un trámite gratuito.

  • Código SIA. 202325.
  • Normativa reguladora:

¿Me pueden quitar puntos del carné por no identificar al conductor?

La sanción por no identificar al conductor no conlleva pérdida de puntos de tu carné de conducir. Sin embargo, la multa económica es muy elevada y no tienes posibilidad de reducción del 50% por pronto pago.


He accedido al servicio de identificación de conductor por internet, pero no me permite hacerlo ¿Qué puede estar ocurriendo?

1. Que haya transcurrido el plazo de 20 días naturales para identificar al conductor. 

2. Que el conductor infractor no resida en España o no es titular del permiso de conducir necesario para conducir el vehículo con el que se cometió la infracción.


El servicio online de identificación del conductor me solicita un Número de documento de identidad ¿Qué información he de poner?

Debes incluir tu NIF como interesado que has recibido la notificación para identificar al conductor.

Este interesado se corresponde con el responsable del vehículo, que coincide con el titular del vehículo sancionado, salvo que Tráfico disponga de información del arrendatario o conductor habitual.


He intentado acceder al servicio online de identificación del conductor, pero me pide un certificado digital o una cl@ve. ¿Qué puedo hacer para conseguirlo?

Al servicio de identificación del conductor se puede acceder con identificación previa con Cl@ve, certificado digital o DNI electrónico. En esta página puede encontrar toda la información necesaria para conocer cómo conseguir un certificado digital y en el sitio web de Cl@ve puede solicitar una clave personal para acceso a servicios electrónicos de la Administración.

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