Un vehículo histórico es aquel que por su antigüedad, al menos 30 años, interés o singularidad merezca una consideración especial que proteja su carácter representativo y simbólico, resguardando así el patrimonio cultural y simbólico de nuestro tiempo y permitiendo su utilización con la debida seguridad técnica y mecánica.

Podrán ser considerados Vehículos Históricos y matricularse como tal aquellos que:

  • Tengan una antigüedad mínima de 30 años.
  • Estén incluidos en el Inventario General de Bienes Muebles del Patrimonio Histórico Español o declarados bienes de interés cultural y los que revistan un interés especial por haber pertenecido a alguna personalidad relevante o intervenido en algún acontecimiento de trascendencia histórica.
  • Sean considerados vehículos de colección, que por sus características, singularidad, escasez manifiesta u otra circunstancia especial muy sobresaliente, merezcan acogerse al régimen de los vehículos históricos.

Antes de nada tienes que conseguir que tu Comunidad Autónoma catalogue como histórico el vehículo. Para ello deberás solicitar la inspección del vehículo por un Laboratorio Oficial acreditado por el órgano competente de la Comunidad Autónoma y acompañar los documentos acreditativos que te soliciten.

Una vez catalogado el vehículo como histórico deberás solicitar una inspección técnica, previa a su matriculación, en una estación de Inspección Técnica de Vehículos de tu provincia indicando que se trata de una inspección para conseguir matrícula histórica.

La estación ITV emitirá la tarjeta ITV Ayuda, expresando en ella la fecha de fabricación del vehículo, si fuera conocida, las limitaciones a la circulación y las condiciones técnicas exentas que figuren en la resolución de catalogación.

  • Candidature remplie sous forme officielle.
  • Preuve  du paiement des frais d'inscription DGT correspondants ou reçu de ceux-ci. Si vous effectuez la procédure dans nos bureaux, vous pouvez payer les frais au moment de l'exécution de la procédure en payant les frais avec une carte, jamais en espèces.
  • Résolution  de l'organisme compétent de la Communauté autonome dans laquelle le véhicule est classé comme historique.
  • carte de contrôle technique Aide délivré à toute station ITV autorisée , dans laquelle l'enregistrement en tant que véhicule historique est enregistré.
  • Preuve de paiement des taxes :
    • Preuve  de paiement ou d'exonération de la taxe de circulation de la mairie où vous avez votre domicile.
    • Preuve  de paiement/exonération/non-assujettissement de la taxe spéciale sur certains  moyens de transport , (modèle 576, 06 ou 05 de l'  Agence nationale des impôts  ou, dans le cas du Pays basque et de Navarre, dans son Trésor foral correspondant), si le véhicule Il n'a pas été immatriculé auparavant en Espagne.
    • Preuve  de paiement ou d'exonération de droits de mutation immobilière (si vous présentez un contrat entre particuliers ou un acte notarié).
  • Quatre photographies  en couleur  du véhicule (des deux côtés, avant et arrière). Dans le cas de l'exécution de la procédure en ligne, via le  registre électronique , les photographies vous seront demandées lorsque vous viendrez terminer la procédure.
  • Permis de conduire Aide si el vehículo está en circulación. En el caso de realizar el trámite por internet, a través del Registro Electrónico, el permiso de circulación original se te solicitará cuando vengas a finalizar el trámite.

Además será necesario aportar en los siguientes casos la siguiente documentación:

  • Si no es el mismo titular el que va a matricular y el que figura en la documentación original: Acreditación de la propiedad del vehículo, a través de los siguientes posibles medios:
    • Documento notarial: acta de notoriedad o de manifestaciones.
    • Factura de compra si lo adquieres a un compraventa o a una persona jurídica. Si el vehículo procede de la UE o de tercer país y la factura es de compraventa español, debes aportar el IAE o documento acreditativo de estar incluido en el censo de sujetos pasivos de IVA a efectos de operaciones intracomunitarias.
    • Contrato de compraventa, firmado en todas las hojas, si la venta es entre particulares.
  • Vehículos procedendes de otro país: 
    • Documentación extranjera del vehículo.
    • Si procede de fuera de la UE, además, Documento Único Administrativo (DUA), expedido por la Aduana.
  • Autobuses, o vehículos de transporte de mercancías con una MMA superior a 6 toneladas y una carga que exceda de 3,5 toneladas: deberás aportar además el Certificado de transportes.

1. Presencialmente, entregando toda la documentación en cualquier Jefatura u Oficina de Tráfico. En este caso, necesitas solicitar cita previa por internet o llamando al 060. Recuerda que la atención presencial en nuestras oficinas está reservada para particulares y sus representantes. Empresas y otras personas jurídicas, así como sus representantes, deberán realizar sus trámites de manera electrónica.

Deberás acudir con documentación original y en vigor para acreditar tu identidad y la titularidad del vehículo: Documento oficial que acredite tu identidad y domicilio (DNI, permiso de conducción español, tarjeta de residencia, pasaporte más Número de Identificación de Extranjeros). En el caso de menores o incapacitados: datos y firma del padre, madre o tutor, su DNI y documento que acredite el concepto.

 

2. Por internet, a través del Registro Electrónico. Debes disponer de DNI electrónico o certificado electrónico en vigor o tus credenciales de cl@ve para acceder al registro. Además como la presentación de tu escrito deberá ir firmada, es importante que verifiques antes de realizar el registro que tienes descargado el programa AutoFirma. Dispones de un servicio que verifica que tu equipo cumple con los requisitos para poder realizar los trámites de manera telemática.

Puedes seguir las siguientes instrucciones:

  1. Compra y descarga el justificante de la tasa correspondiente.
  2. Rellena los datos de tu solicitud en nuestro Registro Electrónico
    • Identifica y cumplimenta los datos del interesado, selecciona como “Organismo destinatario” tu Jefatura u Oficina de Tráfico.
    • Incluye en el “Asunto”: Matriculación vehículo histórico + <matricula actual>.
    • Finalmente, pulsa “Añadir documento” en la sección de “Documentos anexos” adjunta los documentos señalados en el apartado '¿Qué necesitas?'.
    • Si el trámite lo va a presentar un representante en tu nombre, deberás haber autorizado previamente la representación a través de nuestro Registro de apoderamientos. Tu representante, a la hora de identificarse en el registro para presentar la solicitud, debe indicar esta circunstancia marcando en el desplegable '¿Quién presenta el trámite?' la opción 'Representante', y rellenando posteriormente en el formulario tanto sus datos (representante) como los tuyos (representado). 
  3. Registra tu solicitud y conserva el justificante.
  4. Finaliza el trámite en nuestras oficinas. Una vez recibida y tramitada tu solicitud te avisaremos y citaremos en tu Jefatura u Oficina de Tráfico para que entregues el permiso de circulación del vehículo y las fotografías y finalizar el trámite, entregándote en ese momento el nuevo permiso de circulación del vehículo en mano.

A la hora de presentar tu solicitud por registro debes tener en cuenta: 

  • La presentación por registro de una solicitud no es un trámite automático. Atenderemos tu solicitud en el menor plazo posible, pero no nos es posible garantizar un plazo. En el momento en que tramitemos tu solicitud te avisaremos para que acudas a tu Oficina o Jefatura de Tráfico a entregar la documentación física exigida y finalizar el trámite.
  • A la hora de realizar el trámite se tendrá en cuenta la fecha en la que fue presentada la solicitud. No olvides conservar el justificante de presentación.
  • Antes de adjuntar tus documentos digitales, verificar que éstos son fácilmente legibles y que se encuentran digitalizados con una buena calidad. Si no podemos leer claramente la documentación que nos envíes, no podremos atender tu solicitud.
  • Para tramitar la matriculación de un vehículo (excepto ciclomotores) tienes que adquirir la tasa 1.1 de 99,77 euros
  • En el caso de ciclomotores, se deberá comprar la tasa 1.2 de 27,85 €

Tienes varios medios para pagar tu tasa:

  • Si vas a realizar la solicitud del trámite por internet a través del Registro, deberás pagar la tasa previamente a través de cualquiera de los canales disponibles e incluir el justificante de pago en ella.
  • En caso de realizar el trámite presencialmente podrás pagar la tasa en nuestras oficinas en el momento de realizarlo, usando cualquier tarjeta de débito o crédito, nunca en metálico, o aplicar una tasa comprada previamente en alguno de los canales habilitados para ello.

La matriculación de un vehículo debe hacerla el titular del vehículo o cualquier persona autorizada en su nombre.

Para realizar la autorización a otra persona que actúe en tu representación, puedes designar un representante a través de nuestro Registro de apoderamientos.

También, en caso de realizar el trámite de manera presencial, puede personarse siempre que disponga de un documento firmado por el interesado donde le autorice a realizar la solicitud, y donde exprese su carácter gratuito. Para ello descarga y rellena el modelo de autorización de la DGT “Otorgamiento de representación”.

Si el trámite lo va a realizar otra persona en su nombre, en el momento de solicitar la cita previa en el 060, se debe indicar el DNI del interesado y también el de la persona autorizada.

¿Puedo conducir mi vehículo mientras se tramita la matriculación histórica?

No se puede conducir sin documentación ni placas, por lo que si quieres usar tu vehículo mientras gestionas la matriculación, puedes, si el vehículo cumple los requisitos, solicitar unas placas temporales (verdes)


¿Qué edad debe tener un vehículo para ser considerado histórico?

Debe tener una antigüedad mínima de 30 años, contados a partir de la fecha de fabricación. Si ésta no se conociera, se tomará como tal la de su primera matriculación o, en su defecto, la fecha en que el correspondiente tipo o variante se dejó de fabricar.


¿Tengo que asegurar un vehículo histórico?

Sí, cualquier vehículo dado de alta o que se encuentre en la vía pública debe estar al día de ITV y seguro, aunque los seguros de estos vehículos suelen ser más baratos.


¿Tiene un vehículo histórico que cumplir la legislación anticontaminación?

No, por su régimen especial, y sus características, un vehículo histórico está exento del cumplimento de las normas en materia de anticontaminación.


¿Cada cuánto pasa la ITV un vehículo histórico?

Un coche histórico tiene que seguir acudiendo a los exámenes de inspección, pero la gran ventaja es que esta se produce por periodos de tiempo más largos. Lo normal es que se realice cada 2 o cada 5 años.


¿Puedo circular normalmente con mi vehículo histórico?

Los vehículos históricos que no sean capaces de superar la velocidad de 40 km/h. circularán por el arcén, si fuera suficiente y practicable.

Los vehículos históricos no podrán circular por autopista o autovía si no alcanzan, como mínimo, la velocidad de 60 km/h.

Asimismo, mediante resolución de la Dirección General de Tráfico podrá prohibirse, en determinadas fechas y vías, la circulación de los vehículos que no sean capaces de superar la velocidad de 80 km/h. 

Además, aquellos vehículos que por su antigüedad o características constructivas, no dispongan de los sistemas de alumbrado y señalización óptica exigidos por la legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, no podrán circular entre la puesta y la salida del sol, ni en circunstancias que hagan necesario el empleo de tales sistemas.

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