Transferencia de un Vehículo de Movilidad Personal (VMP)

Si has comprado un VMP de segunda mano que previamente se encuentre inscrito en el Registro de Vehículos de la DGT, para cambiar su titularidad e inscribirlo a tu nombre deberás realizar la transferencia del mismo.

El VMP tiene que haber sido inscrito previamente en el Registro de Vehículos

Para poder tramitar una transferencia, el VMP deberá haber sido inscrito previamente en el Registro de Vehículos de la DGT. Puedes consultar esta información en Inscripción de un Vehículo de Movilidad Personal.

Presencialmente, la transferencia de un VMP deberá realizarla siempre el comprador, aportando:

Presencialmente, en cualquier Jefatura u Oficina de Tráfico. En este caso, necesitas solicitar cita previa por internet o llamando al 060.

La tramitación de la transferencia de un VMP de manera presencial deberá realizarla siempre el comprador, siendo necesario que presentes el contrato de compraventa firmado en cada una de las hojas que lo componen por ambas partes. Además, es conveniente que en el contrato se incluya la hora exacta en la que se entrega el vehículo.

Deberás acudir con documentación original y en vigor para acreditar tu identidad. Recuerda que la atención presencial en nuestras oficinas está reservada para particulares y sus representantes. Empresas y otras personas jurídicas, así como sus representantes, deberán realizar sus trámites de manera electrónica.

La transferencia de un VMP conlleva el pago de la tasa 4.1 de 8,67 € por parte del comprador. La autorización de la transferencia por parte del vendedor no tiene ningún coste asociado.

Podrás pagar la tasa en nuestras oficinas en el momento de realizarlo, usando cualquier tarjeta de débito o crédito, nunca en metálico, o aplicar una tasa pagada previamente en alguno de los canales habilitados para ello.

  • Código SIA. 3222209.
  • Normativa reguladora:
    • Real Decreto 52/2026, de 28 de enero, por el que se modifica el Reglamento General de Vehículos y el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, que lo aprueba, para regular el Registro de Vehículos Personales Ligeros.
    • Resolución de 12 de enero de 2022, de la Dirección General de Tráfico, por la que se aprueba el Manual de características de los vehículos de movilidad personal.
    • Real Decreto 970/2020, de 10 de noviembre, por el que se modifican el Reglamento General de Circulación, aprobado por Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre y el Reglamento General de Vehículos, aprobado por Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, en materia de medidas urbanas de tráfico.

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