NOSTRA-DEV es un sistema de notificaciones electrónicas administrativas de carácter vial. Las notificaciones tienen asociadas el concepto de Dirección Electrónica Vial (DEV) como domicilio virtual único en el cual cualquier persona física o jurídica suscrita recibirá las notificaciones oficiales en materia de tráfico y seguridad vial.
Tanto la Dirección General de Tráfico, como el resto de organismos de diferentes Administraciones competentes en materia de tráfico, notificarán a los conductores, propietarios y otros agentes interesados, comunicaciones fehacientes relativas a expedientes sancionadores, avisos de caducidad de permisos o inspección técnica de vehículos entre otros procedimientos.
NO, sólo llegarán a su buzón las notificaciones de tráfico y seguridad vial de los emisores suscritos al sistema con competencia en materia de tráfico.
Es una Dirección Electrónica Habilitada para la recepción de notificación electrónicas administrativas de carácter vial. La Dirección Electrónica Vial (DEV) se establece como el domicilio virtual único a través del cual cualquier persona física o jurídica suscrito recibirá las notificaciones oficiales en materia de tráfico y seguridad vial.
Recibirá las notificaciones de los procedimientos a los que voluntariamente decida suscribirse, como por ejemplo:
Además de la DGT, las Administraciones Públicas que cuentan con competencias ejecutivas en materia de tráfico, como es el caso de Comunidades Autónomas y Ayuntamientos podrán remitir sus comunicaciones al buzón.
Su suscripción tiene carácter gratuito, tanto para ciudadanos como para empresas, siendo obligada su obtención por parte de las personas jurídicas que sean titulares de vehículos, ya que la notificación electrónica tiene efectos legales tanto para las personas jurídicas como físicas.
Se asignará una Dirección Electrónica Vial a las personas jurídicas de manera automática cuando realicen cualquier trámite.
La Dirección Electrónica Vial tendrá una vigencia indefinida, excepto en los supuestos de revocación por parte del titular, el fallecimiento de la persona física o extinción de la personalidad jurídica en el caso de empresas, o porque así lo establezca una resolución administrativa o judicial.
Se puede dar de baja en cualquier momento, siempre que no tenga a disposición alguna notificación en su buzón pendiente de leer. En este caso, ha de proceder a su lectura, rechazo o esperar a su caducidad antes de autorizarse la baja de la DEV.
La suscripción al servicio consiste en la creación de la Dirección Electrónica Vial (DEV) y del buzón electrónico asociado, mediante un formulario, que debe completar y firmar. Además, si lo solicita, se podrá avisar de la incorporación de nuevas comunicaciones en el buzón por E-MAIL y SMS basta con indicar una dirección de correo electrónico y un teléfono de contacto.
Recibirá un aviso por e-mail y un mensaje en el móvil cuando tenga alguna notificación en su buzón y podrá acceder a verlo en la página Web de la DGT.
Los datos de la suscripción estarán accesibles a todas las administraciones con competencias ejecutivas en materia de tráfico.
En cualquier momento y siempre que no haya notificaciones pendientes de tratar podrá cancelar la suscripción al servicio, también podrá modificar la información asociada a la DEV y la suscripción a los procedimientos de los que desea recibir correspondencia.
Con el enlace podrá acceder y consultar o modificar las suscripciones a los procedimientos de los que desee recibir las comunicaciones oficiales correspondientes.
Es de carácter obligatorio la suscripción al procedimiento sancionador al que se inscribirán de manera automática todos los propietarios de una DEV.
En cualquier momento podrá darse de baja de las suscripciones sin perjuicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición regulados en la Ley Orgánica 15/1999, de protección de datos de carácter personal, con la excepción de las personas jurídicas que no podrán darse de baja del procedimiento sancionador.
Para consultar las notificaciones recibidas en su Dirección Electrónica Vial, se deberá acceder al buzón electrónico asociado a su DEV, siendo su titular el único que podrá:
Una notificación administrativa tiene carácter de fehaciente para informar a los interesados las resoluciones y actos administrativos que afecten a sus derechos e intereses. Ha de haber constancia de la entrega y recogida de éstas por parte del destinatario, y causará el efecto administrativo oportuno en el expediente correspondiente.
Por el contrario, una comunicación equivale a una carta ordinaria en el ámbito postal. No queda constancia de su lectura por parte del interesado destinatario y no tendrá efectos administrativos, sólo informativo.
En la DEV se pondrán a disposición tanto comunicaciones como notificaciones electrónicas de los procedimientos a los que se ha adscrito, aunque sólo en el caso de las notificaciones se registrará mediante firma electrónica su lectura o rechazo.
NO, en el momento de darse de alta en la DEV y en los correspondientes procedimientos administrativos en materia de sanciones, conductores, vehículos, etc., está autorizando a recibir notificaciones sólo y exclusivamente por esta vía electrónica. Puede solicitar que notificaciones sucesivas no se practiquen por medios electrónicos en cualquier momento.
Los Ayuntamientos que quieran darse de alta para envío de notificaciones de tráfico deberán dirigirse a la Jefaturas Provinciales de Tráfico de su Provincia.
En dichas JPT los OLT o OAT, les informarán de todo lo necesario y facilitarán los formularios con los requisitos para su inclusión en el sistema.
El directorio de Entidades que publican en la DEV de NOSTRA-DEV, entre otras entidades se encuentran, además de la Dirección General de Tráfico, organismos de aquellas Administraciones Públicas con competencias ejecutivas en materia de tráfico, como es el caso de Comunidades Autónomas y Ayuntamientos, aunque inicialmente tan solo se incluyen los Ayuntamientos dados de alta.
En dicho directorio encontrará las credenciales de contacto de los organismos a través de las cuales se puede establecer contacto para solicitar información o realizar cualquier trámite o consulta.
A partir del 25 de noviembre de 2010 y hasta el mismo día del 2012 se irán incorporando gradualmente publicaciones de diferentes organismos al directorio.
Si por algún motivo no le fuera posible acceder a la suscripción del servicio para cancelar la Dirección Electrónica Vial, enviando una carta firmada manualmente, según modelo adjunto, puede tramitar su baja, a la siguiente dirección:
No es necesario revocar una Dirección Electrónica Vial por cambio de certificado si la información que le identifica como persona física (nombre, apellidos, NIF) o como persona jurídica (CIF, Razón Social) incluida en el nuevo certificado no ha sido modificada respecto al certificado utilizado en la creación de su Dirección Electrónica Vial.
Una notificación puede encontrarse en los siguientes estados:
Ha de cumplir con los siguientes requisitos:
Para proceder a las operaciones de firma electrónica durante la suscripción y acceso a las notificaciones ha de disponer de permisos en su ordenador para instalar un componente de firma electrónica.
Es el documento electrónico generado por DGT que acredita la identidad del emisor y receptor, el contenido de la notificación/comunicación enviada, la fecha y hora de la puesta a disposición, y la fecha y hora de la aceptación o rechazo, por parte del receptor, del envío.
Desde el momento en el que un mensaje se puso a su disposición en su buzón, usted dispone de 10 días naturales para su lectura. Si no procediera a su lectura en ese plazo, ésta se consideraría rechazada y se generará un acuse automático de rechazo de dicha notificación.
La identificación electrónica ha de hacerse mediante mecanismos de firma electrónica basados en certificados de dispositivo seguro o medio equivalente, concretamente certificados de sede electrónica.
Acceso seguro a los contenidos y servicios, a través de canales seguros con certificados disponibles en la propia jefatura virtual; bien de sede electrónica o de servidor seguro. Estos accesos se complementan con mecanismos de sellado de tiempo y firma electrónica, proporcionados subsidiariamente por la Plataforma de verificación y firma, @firma.
La web de DGT, y más concretamente los servicios NOSTRA-DEV y TESTRA son accesibles conforme al Real Decreto 1492/2007 de condiciones básicas para el acceso de las personas con discapacidad a las tecnologías, y Ley 56/2007 de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información, el portal cumple con las prioridades 1 y 2 de la norma UNE 139803:2004 sobre requisitos de accesibilidad para contenidos en la Web.
Una Firma electrónica es un conjunto de datos asociados a un mensaje que permite asegurar la identidad del firmante y la integridad del mensaje. El firmante generará mediante una función, un 'resumen' o huella digital del mensaje. Este resumen o huella digital la cifrará con su clave privada y el resultado es lo que se denomina Firma electrónica, que se enviará adjunta al mensaje original del mensaje. Usted podrá comprobar que el mensaje no fue modificado desde su creación porque podrá generar el mismo resumen o misma huella digital aplicando la misma función al mensaje.
Además podrá comprobar su autoría, descifrando la Firma electrónica con la clave pública del firmante, lo que dará como resultado de nuevo el resumen o huella digital del mensaje.
El certificado electrónico es un documento digital que contiene los datos identificativos de la entidad a la que pertenece (persona física, jurídica, servidor, sede electrónica, etc.), entre otros datos. Así, el un certificado de usuario le permite identificarse en Internet e intercambiar información con otras personas con la garantía de que sólo ud. y su interlocutor pueden acceder a ella. Es el instrumento básico para poder realizar una firma electrónica avanzada.
Para importar certificados personales en su navegador Internet Explorer 6 o superior deberá realizar los siguientes pasos: Acceder al menú Herramientas, Opciones de Internet, y una vez allí seleccionar la pestaña Contenido. En el apartado de certificados pulsar el botón de Certificados y seleccionar la ventana Personal. A continuación pulsar el botón Importar. Aparecerá un asistente que le guiará durante toda la importación del certificado. Pulsar el botón Siguiente e introducir en el cuadro de diálogo el nombre del fichero que tiene el certificado que desea importar. Pulse Siguiente. En la siguiente ventana si lo desea introduzca una contraseña, la introduce y marque la casilla Marcar la clave privada como exportable para que pueda volver a exportar el certificado con su clave privada y pulse Siguiente. A continuación deje la opción por defecto y pulsar Siguiente. En la siguiente ventana se mostrará un cuadro con las propiedades del certificado importado, pulse Aceptar. Por último aparecerá un cuadro informándole de que el certificado ha sido importado correctamente.
Para importar certificados personales en su navegador Mozilla Firefox 2.0 o superior deberá realizar los siguientes pasos: Acceder al menú Herramientas, Opciones, y una vez allí seleccionar el botón Avanzado. En la pestaña Cifrado, pulsar el botón Ver certificados. A continuación pulsar el botón Importar, y habrá de seleccionar el certificado de su ordenador. Aparecerá un asistente que le guiará durante toda la importación del certificado. En la siguiente ventana le preguntará la clave con el que está cifrado el certificado en el fichero seleccionado; si la clave es correcta, se importará con éxito.
De acuerdo con la Ley 11/2007, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos (LAECSP) y la Ley 59/2003, de firma electrónica, los tipos de certificados admitidos son: certificado de persona física, certificado de persona jurídica, certificado de sello electrónico para la actuación automatizada, certificado de sede electrónica administrativa y certificado de empleado público.
Cada uno de los certificados emitidos conllevará un grado de “confianza”, asociado a los diferentes niveles de aseguramiento bajo los que se emitan, debido a los requisitos técnicos y de seguridad que estos niveles llevan asociados.
Estos certificados no son los que serían utilizados por los ciudadanos que accedan a los servicios NOSTRA-DEV y TESTRA, sino por las AAPP que deseen constituirse como emisores de notificaciones y publicaciones, respectivamente.
Se trata de un certificado recogido en los artículos 13.3.b), y 18, de la Ley 11/2007, de 22 de Junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos (LAECSP), cuyo uso consiste en facilitar la identificación electrónica de las Administraciones Públicas y autenticar los documentos electrónicos que estas produzcan.
Cuando DGT proceda a la firma electrónica de algún justificante a los ciudadanos que realicen una transacción de firma electrónica en NOSTRA-DEV y TESTRA, éstos estarán firmados con un certificado de sello electrónica de DGT.
Cada Administración ha de publicar en su sede electrónica los certificados de sello electrónico utilizados, y se han de poder verificar. Asimismo se podrán “sellar” documentos electrónicos que previamente han sido firmados por un empleado público. En DGT se informa que esta validación se puede realizar a través del servicio VALIDe del Ministerio de Presidencia, basado en los servicios de validación y firma electrónica de @firma (https://valide.redsara.es/)
En el caso de TESTRA, los edictos no son firmados electrónicamente con certificado digital, sino a través de la aplicación de un Código Seguro de Verificación (CSV), que pueden ser verificados a través de la sede electrónica de la DGT.
El CSV es uno de los mecanismos establecidos en la Ley 11/2007 para la actuación automatizada por parte de las AAPP. Designa un localizador único a cada documento electrónico, y a través de cual se puede acceder al documento en todo momento. Como establece el RD 1671/2009 que desarrollo parcialmente la Ley 11/2007 de acceso electrónico a los servicios públicos, dicho código vinculará al órgano u organismo y, en su caso, a la persona firmante del documento, permitiéndose en todo caso la comprobación de la integridad del documento mediante el acceso a la sede electrónica correspondiente. El CSV garantiza:
CSV: NTRAPU-20DRXJ-QP1PC6-4287CF
En NOSTRA-DEV, la firma electrónica de la notificación, ya sea avanzada, mediante el CSV, o con ambos, es un aspecto opcional. Por lo tanto, el emisor determinará si firma o no las notificaciones, aunque las formas de firma han de ser las consideradas en la Ley 11/2007 por parte de la Administración. Dado que la verificación de los CSVs implica que dicho código sea único, que se haya de conocer la codificación empleada, y que ha de disponer de accesibilidad sobre el documento, cuando los emisores son externos, desde NOSTRA-DEV la DGT no siempre podrá verificar dicho CSV.
La Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica establece en su artículo 30, y disposición transitoria segunda, que los prestadores de servicios de certificación deberán comunicar al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, sus datos de identificación, los datos que permitan establecer comunicación con el prestador, los datos de atención al público, las características de los servicios que vayan a prestar, las certificaciones obtenidas para sus servicios y las certificaciones de los dispositivos que utilicen.
Esta información deberá ser convenientemente actualizada por los prestadores de servicios de certificación y será objeto de publicación en la dirección de Internet del citado Ministerio:
http://www.mityc.es/DGDSI/Servicios/FirmaElectronica/Prestadores
Actualmente se están admitiendo los certificados recogidos en la política general de la plataforma de certificación y firma electrónica @firma, que completa la lista de certificados publicados en el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
La estructura técnica que tiene la lista de certificados de confianza es la TSL.
El sello de tiempo asegura que tanto los datos originales del documento que va a ser sellado como la información del estado de los certificados, se generaron antes de una determinada fecha. Los elementos básicos que componen un sello digital de tiempo son:
Los formatos de firma empleados para la custodia interna de publicaciones y notificaciones será XAdES-T, con sello de tiempos, siendo los documentos entregados a los ciudadanos (notificaciones o justificantes) firmados en formato PDF, pero sin sello de tiempos.
Los navegadores soportados hasta el momento son:
Los sistemas operativos soportados son:
Nota: Se recomienda consultar la documentación del componente disponible en http://www.ctt.map.es/web/clienteafirma.
Se dispone de un equipo de soporte disponible para cooperar con los diferentes Organismos Públicos suministrando toda la información necesaria sobre el uso de los servicios así como para cooperar en las actividades de prueba e integración de los sistemas a los servicios de la Plataforma.
Las direcciones del equipo de soporte son:
Pueden encontrar el kit de certificados de prueba en el Área de Descargas del portal del CTT del presente proyecto.